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Política

Vladimir Cerrón, los entretelones de su situación legal: ¿Por qué ya no figura en el registro de inhabilitados para contratar con el Estado? | POLITICA – El diario andino

Vladimir Cerrón, los entretelones de su situación legal: ¿Por qué ya no figura en el registro de inhabilitados para contratar con el Estado? | POLITICA – El diario andino

De acuerdo a una resolución judicial a la que accedió , el 27 de junio, el Poder Judicial dispuso oficiar a Servir para que se anule la anotación de inhabilitación que aún mantenía vigente por la condena en el Caso “La Oroya”.

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No obstante, el juzgado precisó que su despacho no podía señalarle a Servir que retire la inscripción del “impedimento permanente” del exfuncionario.

Hasta semanas atrás, el exgobernador de Junín se encontraba inscrito en la referida lista, lo que le impedía contratar o prestar servicios al Estado bajo cualquier modalidad.

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Sin embargo, al haberse anulado todas las sanciones de inhabilitación quedaría expedito para, de llegar el escenario, contrate con el Estado o acceda a un cargo por designación.

Pese a que, en la actualidad, Cerrón ya no cuenta no alguna inhabilitación vigente, aún tiene en su haber diversos proceso judiciales que lo señalan de haber liderado una presunta organización criminal que se habría dedicado al lavado de activos, actos de corrupción, entre otros ilícitos.

Sumado a ello, el exfuncionario se encuentra prófugo de la justicia desde hace un año y nueve meses por lo que tampoco podría acceder a un cargo por elección popular. Esto, debido a la imposibilidad para ejercer la función pública debido a su condición actual.

Y es que, el Artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (26859), señala que están impedidos de postular “quienes hayan ejercido los cargos públicos de: presidente o vicepresidente de la República; representante ante el Congreso de la República, ministro o viceministro de Estado; contralor general; autoridad regional (…) que se encuentren comprendidos en proceso penal por delito cometido en agravio del Estado, con acusación fiscal o mandato de detención”.

Vladimir Cerrón impedido de postular

Una situación similar ya fue definida por el en el caso de Cerrón Rojas, cuando fue vacado del cargo de gobernador de Junín por el Consejo Regional por no poder asumir la función pública debido a la sentencia que se le impuso en el caso “La Oroya” en 2019.

Ahora, el artículo 31 de la Ley N.º 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, también estipula como causal de suspensión en el cargo que la persona tenga un “mandato firme de detención derivado de un proceso penal”.

VLADIMIR CERRON IMPEDIMENTO PARA POSTULAR

Las inhabilitaciones anuladas en Servir tras nulidad de sus condenas

Cerrón tenía en su haber hasta cuatro inscripciones en Servir que lo señalaban como “inhabilitado” o con “impedido permanente” para prestar servicios al Estado, a consecuencia de las condenas que se le impusieron en su momento por presuntos delitos de corrupción. Y es que, junto a dichas sentencias penales se le impusieron penas accesorias como la inhabilitación para ejercer cargo público.

REGISTRO DE SERVIR YA NO TIENE INSCRITO A VLADIMIR CERRÓN COMO INHABILITADO:

VLADIMIR CERRON SERVIR

EN MARZO, SERVIR AÚN REGISTRABA LAS SANCIONES DE INHABILITACION DE VLADIMIR CERRÓN:

VLADIMIR CERRON SERVIR

Una de las primeras inhabilitaciones fue a consecuencia de la sentencia que se le impuso en el 2019, por el Caso “La Oroya” donde fue condenado por negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo.

Sin embargo, en octubre del 2024 la Corte Suprema dio por cumplida dicha inhabilitación y, unos meses después, en marzo del 2025, el Tribunal Constitucional (TC) anuló la condena que se le había impuesto a Cerrón Rojas por este caso.

Junto a la condena se anularon todas las sanciones accesorias como la reparación civil y la inhabilitación de dos años.

Esto fue confirmado por la Procuraduría Anticorrupción, a través de un pedido de Acceso a la Información Pública.

“En cuanto a la pena de inhabilitación solicitada por el sentenciado Vladimir Roy Cerrón Rojas, a la fecha se encuentra levantada conforme a la Casación N° 3715- 2023 de fecha 01 de octubre de 2024 emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que dispuso ordenar que el Juzgado de Investigación Preparatoria cursar los oficios a las entidades respectivas con el fin de levantar la inscripción de la pena de inhabilitación».

Procuraduría Anticorrupción de Junín

Precisamente, en este caso, el juez de investigación preparatoria Guido Arroyo, emitió una reciente resolución en respuesta a un oficio enviado por Servir; ante el pedido de Cerrón Rojas para que se anule su registro en el padrón de inhabilitados. El documento fue notificado a las partes, incluyendo Servir, el 4 de julio del 2025.

En el Oficio 4768-2025-SERVIR-GDSRH -enviado por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de Servir- se le pedía al magistrado precisar si, en atención a lo informado por Cerrón, correspondía que Servir retire la inscripción de impedimento permanente para prestar servicios al Estado y se retire la anotación de inhabilitación dispuesta por orden judicial, como consecuencia de los efectos de la sentencia del TC.

Vladimir Cerron Servir

Al respecto, el juez Arroyo Ames respondió que tal como se había dispuesto en una resolución anterior, se anulen todos los antecedentes penales generados en el presente proceso (Caso “La Oroya”), a favor de Cerrón por lo que solicitó a Servir que retire la anotación de su inhabilitación.

No obstante, precisó que su despacho no podía decidir que Servir reitere “inscripción del impedimento permanente” que se mostraba en el registro realizado de acuerdo al inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1295.

“Se dispuso ANULAR todos los antecedentes generados a raíz del presente proceso a favor de Vladimir Roy Cerrón Rojas y en especifico se solicito a su despacho se retire la anotación de Inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36° del Código Penal, los únicos que fueron impuestos en la sentencia declarada nula. Ahora bien a esta jurisdicción NO corresponde señalar que su despacho retire la inscripción del impedimento permanente previsto en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1295, por no estar en nuestras atribuciones.”

Guido Arroyo, juez de investigación preparatoria

El Decreto Legislativo 1295 – Ley del Procedimiento Administrativo General- establece disposiciones para garantizar la integridad en la administración pública y señala que corresponde a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de Servir inscribir las sanciones, sus modificaciones y rectificaciones y que éstas sean notificadas por el Poder Judicial a Servir.

Ante ello, el registro fue anulado por la oficina de Servir.

Vladimir Cerron Servir

Si bien el TC anuló la sentencia en el caso “La Oroya” – impuesta en primera instancia y confirmada en segunda instancia- el órgano constitucional dispuso que el Quinto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancayo -que procesó el caso inicialmente- emita una nueva condena de acuerdo a los establecido por el TC.

Pero además, en marzo de este año, la Corte Suprema absolvió a Cerrón Rojas del delito de colusión por el caso “Aeródromo Wanka”.

El Ministerio Público lo había acusado de haberse concertado con la empresa que finalmente terminó siendo favorecida con la licitación para la construcción del aeropuerto regional; pese a que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), así como Proinversión señalaron que el proyecto no era viable. No obstante, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema concluyó que no había elementos de prueba que vincularan a Cerrón con dicho ilícito.

Con esa decisión, la máxima instancia del Poder Judicial dejó sin efecto la inhabilitación para ejercer cargo público que le impuso junto con la condena efectiva de tres años y seis meses.

No obstante, confirmó la reparación civil impuesta a los sentenciados civilmente, incluyendo al prófugo Cerrón Rojas, y como consecuencia los conminó a pagar de firma solidaria la suma de S/250 mil, a favor del Estado.

En su momento, Cerrón también fue sancionado con destitución por faltas graves en su desempeño como extrabajador de Essalud por haberse ausentado de sus labores como médico de la Red Asistencial Junín-Essalud y no presentarse a trabajar luego de haber excedido la licencia sin goce de haber que se le otorgó.

Vladimir Cerrón, Servir.

Servir: “Corresponde efectuar el retiro del registro cuando ‘el acto que impuso la sanción sea declarado nulo o dejado sin efecto’”

solicitó a Servir los motivos por los cuales el Registro Nacional de Sanciones de la entidad retiró el “impedimento permanente” que se registraba para Cerrón Rojas, de acuerdo al inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1295, cuando el juez indicó que “no” correspondía a su despacho ordenarle a Servir dicha acción.

En un amplio comunicado, Servir informó que a la fecha de emitir la respuesta, no habían sido notificados con la reciente resolución del juez Guido Arroyo.

No obstante, precisaron que de acuerdo artículo 242 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -modificado por los Decretos Legislativos n.°1295 y 1367, el RNSSC consolida toda la información relativa a las sanciones administrativas disciplinarias o derivadas de responsabilidad administrativa funcional, así como las penales de inhabilitación impuestas por el PJ y los impedimentos para el ejercicio de la función pública derivadas de la ley, por delitos previstos en dicho artículo.

Así también, consignaron en su respuesta, que de acuerdo al artículo 6 del Reglamento del D.L N.°1295 corresponde efectuar el retiro del registro cuando “el acto que impuso la sanción sea declarado nulo o dejado sin efecto por la autoridad competente, o cuando el retiro sea ordenado por el juez competente”.

También manifestaron que, de acuerdo a la normativa, se inscriben “inhabilitaciones” impuestas junto a una sentencia penal del PJ, pero también se registra el “impedimento permanente” para prestar servicios al Estado a consecuencia de condenas por delitos contra la administración pública; e “inhabilitación definitiva” vinculado al ámbito docente.

Servir Vladimir Cerron

Señalaron además, que si bien Servir administra el RNSSC, ello no implica que se encuentre a cargo de registrar todos los actos inscribibles (sanciones, inhabilitaciones o impedimentos), pues de acuerdo a la normativo ello corresponde a las oficinas de recursos humanos o la que hagan sus veces.

Mientras que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de Servir (GDSRH-SERVIR) inscribe las condenas penales del PJ mediante sentencia consentida o ejecutoriada, así como aquellas sanciones, inhabilitaciones o impedimentos cuya inscripción le haya sido habilitada o facultada por norma expresa.

Durante el gobierno de Pedro Castillo, el investigado Vladimir Cerrón se reunió con el exmandatario en compañía de Richard Rojas. (Foto: GEC)

En el caso de Vladimir Cerrón, explicó Servir, tenía cuatro inscripciones derivadas de dos condenas. Una por contar con sentencia consentida o ejecutoriada por colusión simple (Caso “Aeródromo Wanka”) y otra por negociación incompatible (Caso “La Oroya”).

Detallaron que, en el caso “Aeródromo Wanka”, el 16 de abril de 2025, mediante el Oficio n.° 1978-2016-63-6TO-JUPHyo-CSSJU/PJ, el Sexto Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Junín les comunicó que Cerrón Rojas fue absuelto de la condena por colusión simple por la Corte Suprema.

Por ello, anotaron, de conformidad con el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N.° 1295 y artículo 6 del Reglamento D.L. N.° 1295, al habérsele absuelto se dejó sin efecto la sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada con base a la cual se efectuó el registro del impedimento permanente.

“En ese sentido, el 21 de abril de 2025, se retiró del RNSSC (Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles) la inscripción del impedimento legal permanente, así como de la inhabilitación indicada en la sentencia, a nombre del señor Vladimir Roy Cerrón Rojas, derivadas de la sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada por la comisión del delito colusión simple.”

Respuesta de Servir

Contraloría intervendría iniciativa de Cerrón de aeródromo wanka

De otro lado, por el caso “La Oroya” detalló que con el 31 de marzo de 2025, Cerrón Rojas solicitó el retiro de la inscripción de la inhabilitación del Poder Judicial y del impedimento permanente derivado de la condena por negociación incompatible, adjuntando la Sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró fundada su demanda.

Ante ello, afirmaron que el 18 de junio del 2025, el Sexto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios informó que el TC declaró nulas las sentencias y se dispuso cursar los oficios para la anulación de los antecedentes.

“En atención a ello (…) al haberse configurado la causal para el retiro del registro referida a que “el acto que impuso la sanción sea declarado nulo” producto de lo cual se extinguió el presupuesto para efectuar y mantener dicho registro referido a contar con una sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada por el delito negociación incompatible, que sustentó el impedimento legal permanente, el 26 de junio de 2025, la GDSRH retiró la inscripción del impedimento legal, a nombre del señor Vladimir Roy Cerrón Rojas en el RNSSC, derivadas de la condena penal por el mencionado delito.»

Respuesta de Servir

LEA AQUI LA RESPUESTA COMPLETA DE SERVIR SOBRE EL CASO VLADIMIR CERRÓN:

Lavado de activos, crimen organizado y corrupción: Los otros procesos penales vigentes contra Cerrón

Pese a que Vladimir Cerrón ha logrado que se revoquen sus inhabilitaciones, a consecuencia de la anulación de sus condenas, aún debe enfrentar diversos procesos judiciales donde se le imputan presuntos delitos de corrupción, lavado de activos y crimen organizado, en los casos más graves.

Recientemente, el Poder Judicial confirmó la orden de prisión preventiva por 24 meses, que se dictó en su contra por el caso de “Aportes ilícitos a Perú Libre”, donde es procesado por presunto crimen organizado y lavado de activos junto a su hermano, el congresista Waldemar Cerrón y otros.

En consecuencia, se confirmó la orden de captura dictada en su contra en diciembre del 2023. La medida será efectiva una vez que Cerrón Rojas sea capturado y puesto a disposición de la justicia.

De acuerdo a la imputación fiscal, el exgobernador regional de Junín habría constituido una presunta red criminal dedicada a la comisión de diversos actos de corrupción que habrían financiado al partido Perú Libre; y cuyo dinero también habría sido usado para el pago de abogados y gastos personales relacionados a los distintos procesos legales y judiciales de los integrantes de la supuesta organización.

Investigaciones y procesos contra Vladimir Cerrón (Fuente: Data de la Procuraduría Anticorrupción)

Por el caso “Dinámicos del Centro” también es procesado por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias, luego que el Ministerio Público lo vinculara al tráfico de licencias de conducir en la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones; y, en paralelo, referido a la contratación de personal, y presuntos actos de corrupción con los ‘tramitadores’ y ‘jaladores’ para la emisión de licencias, cuando se desempeñaba como gobernador regional de Junín.

Por el caso “Antalsis” es investigado por el presunto delito de colusión agravada, entre los años 2011 a 2014, durante su gestión como gobernador regional de Junín.

Según la fiscalía, Cerrón Rojas habría defraudado al Estado por más de S/26 millones, al haber favorecido a la empresa Antalsis Perú S.A.C. y el SIMA, a través de contratos irregulares.

El exgobernador regional afronta un juicio oral por presuntas irregularidades en la auditoría de la obra “Mejoramiento de la Carretera Chupuro Chicche – Chongos Alto – Huasicancha, Provincia de Huancayo, Departamento de Junín”, donde es acusado por el presunto delito de colusión agravada.

La fiscalía lo acusó de presuntas irregularidades durante su gestión en el gobierno regional de Junín, en 2014. Ello, debido a que según el informe de Auditoría Nº 416 – 2016 – CG/COREHU – AC, la licitación de dicha obra pública, habría tenido un perjuicio económico valorizado en S/.2′680, 241.19.

Cerrón Rojas también está próximo de afrontar un juicio oral por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, en el denominado caso “Resguardo policial ilegal”.

La fiscalía solicitó que se le impongan nueve años de cárcel y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

De acuerdo a la imputación fiscal, Cerrón habría direccionado el destaque de un grupo de efectivos policiales para que le presten seguridad cuando se desempeñaba como gobernador regional de Junín (2018) y los agentes habrían recibido pagos adicionales -de parte del gobierno regional- a los que ya se les otorgaba en su función policial.

PRUEBAS PRESENTADAS POR LA FISCALÍA CONTRA GUILLERMO BERMEJO, VLADIMIR CERRON Y GUIDO BELLIDO

Finalmente, el prófugo exfuncionario también enfrenta otra acusación fiscal por los presuntos delitos de afiliación al terrorismo y obstrucción a la justicia, por lo que se ha pedido que se le imponga 25 años de cárcel.

El caso, donde también están implicados los congresistas Guillermo Bermejo y Guido Bellido, está a la espera de que se concluya con el control judicial del caso para determinar si pasa o no a juicio oral.

De acuerdo a la tesis del Ministerio Público, Bellido Ugarte, Bermejo Rojas, Cerrón Rojas y otros, habrían mantenido contacto directo con el conocido como camarada ‘José’, cabecilla de los remanentes de la organización terrorista Sendero Luminoso (SL), a quien habrían visitado en campamentos terroristas del VRAEM a través de Alex José Pimentel Vidal.

Fiscalía puede solicitar alguna medida limitativa en sus procesos vigentes

En diálogo con , el abogado penalista Miguel Reyes precisó que cuando a un funcionario público se le impone una condena tras haber sido hallado culpable de un delito, también se le dicta una pena accesoria, que es precisamente la inhabilitación para volver a ejercer cargo público.

Dicha inhabilitación, remarcó, puede provenir de la Contraloría General de la República, luego de un proceso administrativo o, por sentencia penal.

En el caso de la sentencias y las penas accesorias como la inhabilitación, indicó, se hacen efectivas a partir de la confirmatoria en segunda instancia. Por ello, anotó, en el caso de Vladimir Cerrón, al haberse anulado su condena ante la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional ya no tendría ninguna sanción.

Es decir, indicó, en este momento, el exfuncionario puede tener procesos penales vigentes, “pero hoy por hoy, ya no tiene sentencias condenatorias y menos firmes”.

“Entonces, en este caso, al no tener ninguna condena vigente y firme; aún cuando hayan dispuesto que se haga un nuevo juicio, efectivamente, él ya no puede estar inscrito como inhabilitado, porque no hay una sentencia o un mandato judicial que así lo disponga”, afirmó.

En esa línea, consideró que una salida legal para evitar que se presente el escenario de que Cerrón Rojas pueda prestar servicios al Estado, es que el Ministerio Público solicite una medida limitativa de derechos.

“Lo que podría más bien hacerse, por ejemplo, es que el Ministerio Público, en los casos que él todavía tiene procesos por presunta corrupción, sí se podría pedir como una medida limitativa de derechos, que él no puede ejercer cargo mientras dure la investigación o el juzgamiento que se está llevando a cabo. Eso lo tiene que pedir la fiscalía.”

Miguel Reyes, abogado penalista

De otro lado, el abogado explicó que la actual condición de prófugo de Cerrón Rojas también sería un impedimento para que pueda asumir o desempeñar algún cargo público o contratar con el Estado al prestar servicios. Esto, debido a que los contratos con el Estado, en su mayoría son presenciales y además, ninguna entidad pública se arriesgaría a contratar a un prófugo de la justicia.

Reyes recordó que, recientemente, Cerrón solicitó que se le reconozca nuevamente como profesor de una universidad estatal. Y si bien, comentó, legalmente lo puede hacer, el inconveniente vendría al momento de preguntarse “cómo se puede ejecutar la prestación del servicio cuando estás prófugo”.

“Entonces, ¿cómo harían esa exigencia? Habría que hacer algo excepcional con el señor para que pueda dictar mientras está prófugo, no lo sé. No sé si es posible eso, porque allí entra la ley que se aplica a todos por igual”, cuestionó.

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Redactor Andino