Elecciones 2026: JNE inicia evaluación de la solución tecnológica de la ONPE para el voto digital en las elecciones del 12 de abril | lo último | POLÍTICA – El diario andino


La Comisión Nacional Electoral inició el proceso de revisión el Solución técnica para elecciones digitales (STVD) Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), para verificar su posible aplicación en elecciones parlamentarias el 12 de abril de 2026.
Alberto KuroiwaDirector Nacional de Seguimiento y Procesos Electorales JNE, se reunió Roberto MontenegroDirector de Tecnologías de la Información y Tecnología Electoral ONPE, STVD para el proceso de inspección correspondiente.
Boletín mientras tanto
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El CD entregado contiene documentación técnica que describe la solución de tecnología de votación digital, la arquitectura, las pruebas de control de calidad, las pruebas de seguridad cibernética, varios componentes técnicos y las especificaciones técnicas.
Montenegro explicó que el voto electrónico es un concepto general e incluye voto electrónico personaldónde se utilizan máquinas de votación en el distrito; y no en personadonde los residentes pueden votar desde casa a través de Internet.
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«El voto digital es una forma de voto electrónico no presencial»señaló en conferencia de prensa, donde informó que la empresa que recibió la buena oferta para la auditoría es CGTS Corp, con sede en Estados Unidos, y con la cual se firmará el contrato correspondiente.
Por su parte, Kuroiwa informó que a partir del jueves 16 de octubre se iniciará la auditoría por dos meses, hasta el próximo 16 de diciembre.
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“Luego, el 18 de diciembre elaboraremos el informe correspondiente y posteriormente, el 19 de diciembre, enviaremos el informe correspondiente a la ONPE”explicó un funcionario del JNE.
«Dependiendo de los resultados de la auditoría, si hay observaciones o hallazgos, habría que plantearlos para que se puedan aplicar. Si no hay, se podría aplicar el voto digital. Todo depende del informe de auditoría».añadió.
¿Quién podrá utilizar el voto digital?
Como se mencionó, la ley no. 32270 que el voto digital es obligatorio para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (PNP) que por razones de servicio se encuentren desplazados y el día de las elecciones se encuentren en un lugar distinto al domicilio registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Según la nueva norma, además de los electores antes mencionados, los siguientes ciudadanos tendrán la oportunidad de votar de manera virtual:
- Miembros activos de las fuerzas armadas y de la Policía Nacional del Perú, que no se encuentren desplazados fuera de su domicilio legal e inscritos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
- Peruanos extraterritoriales.
- Personal de enfermería y administrativo en establecimientos de salud públicos y privados, incluidos hospitales policiales y militares.
- El personal de la Agencia Nacional Penitenciaria.
- Personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
- Personal de la Comisión Electoral (JNE), Registro Nacional de Identificaciones y Estado Civil (Reniec) y ONPE.
- los ciudadanos con discapacidad que se encuentren inscritos en el registro nacional de personas con discapacidad en el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad y/o los que figuren como tales en el padrón electoral; y
- Ciudadanos cuyo domicilio, registrado en el Reniec, corresponda al distrito Cercado de Lima.