October 30, 2025

Office Address

123/A, Miranda City Likaoli
Prikano, Dope

Phone Number

+0989 7876 9865 9

+(090) 8765 86543 85

Política

Martín Vizcarra fracasa en intento de anular su juicio y tribunal programa los alegatos finales previos a la sentencia | Lomas de Ilo | Obrainsa | ICCGSA | Hospital de Moquegua | POLITICA – El diario andino

Martín Vizcarra fracasa en intento de anular su juicio y tribunal programa los alegatos finales previos a la sentencia | Lomas de Ilo | Obrainsa | ICCGSA | Hospital de Moquegua | POLITICA – El diario andino

El expresidente Martín Vizcarra vivió este miércoles un nuevo revés judicial dentro del proceso donde se le acusa de recibir coimas de empresas constructoras que ganaron obras en su gestión como gobernador de Moquegua. A partir de lo resuelto por dos instancias distintas del Poder Judicial, todo apunta a que el exmandatario no podrá evitar que, a fines de este mes, se emita la sentencia del caso, en el que la fiscalía pide 15 años de prisión en su contra. Esa resolución puede ser de condena o absolución.

Este miércoles, el exmandatario no logró que se ampare un recurso con el que buscaba anular su juicio a través de la Corte Suprema y, poco después, el tribunal que se encarga de juzgarlo programó para el próximo jueves 13 de noviembre los alegatos finales de las partes. Este es el penúltimo paso previo a la emisión de la sentencia.

Newsletter Mientras Tanto

LEE TAMBIÉN | Keiko Fujimori perfila una cuarta postulación a la Presidencia: ¿Irá al Senado? ¿Cómo llega a esta elección? ¿Y cuál es su real objetivo?

En primer lugar, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, el tribunal de máxima y última instancia para todos los casos de justicia penal en el Perú, rechazó un recurso de casación con el que el buscaba anular todo lo actuado en su juicio y que el caso retroceda hasta antes del inicio del juzgamiento, ocurrido en octubre del 2024. Allí se le acusa de cohecho por presuntamente recibir S/ 2.3 millones de las empresas Obrainsa e ICCGSA por los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.

El recurso, firmado por el abogado Miguel Pérez Arroyo, fue presentado por la defensa de Martín Vizcarra en noviembre del 2024, un mes después del inicio del juicio. La casación fue elevada en agosto pasado a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside el juez supremo César San Martín,

El objetivo de la casación era anular la resolución en la que se cita a la instalación del juicio, alegando errores de procedimiento que provocaron que actualmente haya dos acusaciones en trámite contra el expresidente por el presunto pago de coimas: una por cohecho (la que actualmente está en juzgamiento) y otra por colusión (actualmente en la fase final del control de acusación).

En la audiencia del pasado viernes 17, la defensa hizo explícito su pedido para que el caso retroceda hasta antes del inicio del juicio, que actualmente atraviesa su recta final. Ello hubiese anulado todo lo actuado en el último año y llevado a que se comience desde cero. “Solicitamos que se retrotraiga el proceso hasta el momento en que se produjo el agravio”, dijo ese día la abogada Kathya Neyra Cano, en representación del expresidente.

En la sala rechazó la pretensión de Martín Vizcarra. En el fallo, leído por el juez César San Martín, se desestimó lo alegado por la defensa respecto a supuestos errores en el trámite que le dio el tribunal a cargo del juicio a un pedido similar para que no se inicie el juzgamiento por los mismos motivos.

Además, remarcaron que “el artículo 154 del Código Procesal Penal establece que no se podrá retrotraer el juicio a etapas ya precluidas o ya conclusas”. “Lo que debió plantearse en sede intermedia (en el control de acusación) no puede plantearse en sede de enjuiciamiento. En consecuencia, el recurso de casación no puede prosperar”, leyó el juez.

El tribunal también advirtió que no podían definir si “se infringió la legalidad” con el trámite paralelo de las acusaciones por cohecho y por colusión. En todo caso, indicaron que ello podría ser alegado por la defensa en los alegatos finales del juicio y podría llegar luego a ser visto por la misma sala de la Corte Suprema si la sentencia es objeto de una futura casación. Por ello, no podrían adelantar opinión.

Por todo ello, los cinco jueces de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvieron declarar infundado el recurso de casación de Martín Vizcarra. Así, el juicio seguirá su desarrollo regular.

Conocida la decisión, Martín Vizcarra usó su cuenta de X para decir que su recurso de casación “buscaba corregir diversos vicios de procedimiento y graves vulneraciones en mi proceso”. Dijo que “acata” la decisión, pero que esta no lo “detiene, ni doblega”.

Mi defensa y yo estamos enfocados en el juicio oral, donde se demostrará que la verdad es una sola. No hay ni habrá prueba que sustente la acusación en mi contra. Tengo la convicción que la justicia prevalecerá y demostrará mi inocencia”, sostuvo.

Martín Vizcarra durante el interrogatorio de la fiscalía en el juicio en su contra. Foto: GEC / Joel Alonzo

Alegatos finales

La decisión de la Corte Suprema fue emitida pasadas las 9:00 a.m. Poco después, desde las 9:30 a.m., el juicio oral contra Martín Vizcarra -el mismo que se buscó anular- se reinició con una nueva audiencia, a cargo del Cuarto Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional, presidido por la jueza Fernanda Ayasta. La sesión solo duró media hora.

Durante esta, el tribunal rechazó admitir todas las “pruebas excepcionales” presentadas el día previo tanto por la fiscalía como por el abogado de Martín Vicarra, considerándolas “innecesarias” ante las pruebas que ya fueron evaluadas previamente en el juicio. Como detalló en un informe, ambas partes buscaban, con ese último grupo de evidencias, complementar las que ya ofrecieron a lo largo del juicio para reforzar sus tesis de acusación y de defensa, respectivamente.

Sin embargo, el tribunal resolvió desestimar las siete pruebas documentales ofrecidas por el Ministerio Público, así como los cuatro testigos y otras siete pruebas documentales presentadas por la defensa, por considerarlas innecesarias y no imprescindibles para conocer la verdad de los hechos, en relación con las pruebas ya evaluadas. Así, ninguna de estas será analizada por el tribunal y el juicio avanzará a la siguiente fase: los alegatos de cierre de ambas partes.

Sobre lo ofrecido por la fiscalía, la resolución del juzgado colegiado, leída por la jueza Fernanda Ayasta, consideró que estaban relacionados a aspectos que ya fueron abordados por otras pruebas documentales. Además, remarcó que seis de estos se pudieron haber presentado antes del inicio del juicio y no en la fase de “prueba excepcional”.

Luego, para rechazar la declaración de los dos testigos ofrecidos por la defensa que trabajaron en el gobierno regional de Moquegua durante la gestión de Martín Vizcarra, la jueza Fernanda Ayasta indicó que ya habían declarado en el juicio otros extrabajadores de la entidad.

Los jueces del Cuarto Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional: Fernanda Ayasta (presidenta), Giovanni Félix y Andy Rodríguez. Foto: Poder Judicial. Foto: GEC / Hugo Pérez

/ HUGO PEREZ

En cuanto a otro de ellos, el testigo brasileño Fernando Cotrim, se recordó que ellos mismos prescindieron de su declaración en abril pasado, luego de que no se pudo ser notificado para presentarse. “Se pretende ofrecer órganos de prueba personal que no se desconocía de su existencia y que pudieron ser ofrecidos en su oportunidad”, dijo la magistrada.

Las pruebas documentales de la defensa también fueron desestimadas por abordar temas que ya habían sido discutidos en el juicio (en relación a pronunciamientos del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado) o por involucrar a personas que ya habían declarado como testigos (en el caso de las sentencias de colaboración eficaz de un exgerente de Obrainsa y el exministro José Manuel Hernández).

Son las partes (fiscalía y defensa) quienes tienen la responsabilidad de ofrecer en su debida oportunidad a los medios probatorios. Entre los presupuestos para que proceda la prueba adicional, (esta) debe de ser excepcional y manifiestamente indispensable. Este colegiado considera que los medios probatorios ofrecidos como prueba excepcional no cumplen los criterios”, concluyó.

Agregó que admitirlos es “una facultad de colegiado y no una obligación, por lo que este órgano jurisdiccional considera innecesario incorporar las pruebas ofrecidas por las partes”. Así, declararon infundados los pedidos de prueba excepcional hechos por la defensa de Martín Vizcarra y por el Ministerio Público.

Con ello, el juicio de Martín Vizcarra ya no tiene ninguna prueba más por evaluar. Ya todo está dicho, evaluado y analizado. Por delante solo quedan dos cosas antes de dictar la sentencia: los alegatos finales de todas las partes y la última palabra o “defensa material” del acusado Martín Vizcarra.

Los fiscales Germán Juárez y Osías Castañeda, representantes del Ministerio Público durante el juicio de Martín Vizcarra. Foto: CSNJPE

En esa línea, la jueza Fernanda Ayasta indicó que “la fase que ya correspondería serían los alegatos finales”. Luego, informó que la próxima semana no habrá audiencia debido a que uno de los tres miembros del tribunal está de licencia. El proceso se reanudará recién el lunes 10 de noviembre, en una breve sesión donde solo se darán “las pautas” sobre cómo será esa próxima fase

Así, recién el 13 de noviembre desde las 8:30 a.m. empezarán los alegatos finales, primero por parte de la fiscalía, luego de la procuraduría y finalmente, por parte de la defensa. Si ese día no se termina con todos, se podría continuar en una audiencia posterior. El tiempo que se dará a cada a uno será definido en la sesión de lunes 10.

La “defensa material” o última palabra de Martín Vizcarra tampoco ha sido programada, ya que esta debe ser luego de que terminan los alegatos de todas las partes. Sin embargo, no tomará más de una audiencia y se puede estimar que se desarrollará en una de las sesiones de la semana del 17 al 21 de noviembre.

Luego de eso, no habrá por delante nada más que la emisión de sentencia, que sería esa misma semana o, a más tardar, en la posterior, en la última del mes de noviembre. Si la sentencia es una condena, sería un impedimento adicional -además de las tres inhabilitaciones políticas impuestas por el Congreso- para que Martín Vizcarra postule a un cargo en el 2026. Su partido, Perú Primero, recientemente lo inscribió como precandidato a la primera vicepresidencia.

El impedimento para que un condenado en primera instancia no pueda postular a cargo de elección popular está vigente desde el 2020 luego de haber sido impulsado, coincidentemente, por el gobierno de Martín Vizcarra como parte de las políticas ‘anticorrupción’ que impulsó el exmandatario, hoy procesado por corrupción.

Pedido pendiente ante el TC

Insistirán en intento de anular juicio

Este año, la defensa de Martín Vizcarra también recurrió al Tribunal Constitucional (TC) para anular el juicio bajo el mismo argumento de que no debe haber dos acusaciones en paralelo por el mismo hecho. Sin embargo, según indicó su defensa a , el órgano aún no los cita para una eventual audiencia donde se sustentará el pedido, con lo que resulta materialmente imposible que haya una resolución ante de la sentencia del expresidente.

Está pendiente de resolución, pero el TC todavía no se pronuncia. Entendemos, además, que la Corte Suprema ha reconocido una posible irregularidad (en el trámite de las dos acusaciones), que incluso ha señalado que debería ser planteada en los alegatos finales y resuelta en la sentencia. Lo vamos a plantear porque, desde nuestra perspectiva, se ha vulnerado el principio de legalidad y se está persiguiendo dos veces, por los mismos hechos, a una misma persona en el mismo proceso penal”, dijo Erwin Siccha, abogado del expresidente. El letrado coincidió en que, con lo desarrollado este miércoles, la sentencia del caso se conocerá a fines de noviembre.

La segunda acusación contra Martín Vizcarra es por colusión y no se pudo juntar con la primera por una decisión de la jueza de etapa intermedia Margarita Salcedo. Ese segundo requerimiento actualmente está en etapa de control, donde se ya determinó que avanzará a juicio oral y solo se están definiendo qué pruebas serán admitidas para el futuro juzgamiento.

About Author

Redactor Andino