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Política

Elecciones de 2026: Más de 20 candidatos presidenciales y vicepresidentes enfrentan demandas por tergiversaciones u omisiones en sus currículums TLCNOTA – El diario andino

Elecciones de 2026: Más de 20 candidatos presidenciales y vicepresidentes enfrentan demandas por tergiversaciones u omisiones en sus currículums TLCNOTA

 – El diario andino

El panorama es amplio y complejo. Según un análisis realizado por , a nivel nacional, el JEE registra -al menos- 577 expedientes relacionados con hojas de vida, de los cuales el 81% aún se encuentran en trámite. La mayoría de los casos corresponden a candidatos al Congreso: 349 involucran a candidatos a la Cámara de Representantes y 182 a candidatos al Senado.

Los Jurados Electorales Especiales (JEE) son las instituciones encargadas de emitir el derecho al voto en primer lugar. El máximo tribunal es la sesión del Jurado Electoral (JNE). Foto: Andina.

En cuanto a las fórmulas presidenciales, Hasta el momento se han registrado 25 expedientes en el proceso electoral. Sólo uno ya ha sido archivado, Keiko Fujimori (Fuerza Popular), mientras que los otros 24 aún están en proceso, involucrando a un total de 23 candidatos. Uno de los candidatos, Virgilio Acuña (Partido Demócrata Federal), acumula dos procesos en paralelo [ver interactivo].

Registros de candidatos 2026

¿De qué se tratan?

La mayoría de los casos en curso (alrededor del 70%) se deben a supuestas omisiones o tergiversaciones en la declaración de activos y participación en empresas, como acciones no declaradas o condición de socio que no figuraba en un CV.

Por ejemplo, el candidato presidencial Alfonso López Chau (Ahora Nación) declaró que no poseía acciones; Sin embargo, la misma Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) anunció que registró 100 acciones de la empresa Centro Médico Gestión & Salud SAC.

El exrector de la Universidad de Ingeniería (UNI) Alfonso López Chau es el candidato presidencial de Ahora Nación. (Foto: GEC)

En un documento presentado este martes, un representante de Ahora Nación señaló que la empresa en cuestión «nunca desarrolló una actividad comercial» ni generó ingresos u otros beneficios económicos, «careciendo de operación real».

Agregó que debido a esta omisión, la SUNAT dio de baja a la empresa en 2024. De todas formas, sostuvo que se trató de una “declaración incompleta, pero no falsa”.

Asimismo, el candidato presidencial Álvaro Paz de la Barra (Fe en el Perú) no había declarado sus acciones como socio en siete empresas, según un informe de auditoría, por un total de más de 121.000 acciones.

En su defensa, el representante del partido argumentó que las empresas monitoreadas ya fueron dadas de baja oficialmente por la SUNAT cuando se realizó la declaratoria. Señaló que no hubo omisiones deliberadas ni declaraciones falsas. Solicitó que, si se considera apropiado, sólo se incluya una nota ligera en el currículum.

El exalcalde de La Molina, Álvaro Paz de la Barra, se postula para la presidencia por el partido Fe en el Perú. (Foto: Captura YT/Siempre a las 8)

También se incluye al candidato presidencial Enrique Valderrama (Partido Aprista Peruano), quien no habría declarado su cargo como socio fundador de la empresa Centro de Capacitación y Soluciones Integrales SAC (CECASI).

Un representante del APRA afirmó que la empresa -fundada en 2012- «no ha logrado desarrollar actividades comerciales efectivas» y registró un aviso preventivo por presunta inactividad prolongada desde julio de 2024 en la SUNARP. Señaló que no había «información material» que revelar y «que la omisión, si existió, no se debió a un ocultamiento deliberado».

Enrique Valderrama fue entrevistado en el programa «Siempre a las 8» de Milagros Leiva. (Foto: captura de YouTube)

Además, el candidato presidencial Mario Vizcarra Cornejo (Perú Primero) no habría revelado su participación en la empresa CYM VIZCARRA SAC, fundada por su hermano Mario Vizcarra, condenado por corrupción.

Un representante de Perú Primero aseguró que se trató de un «error material», pues en el comunicado decía «Vizcarra SAC» en lugar de «C y M Vizcarra SAC» y afirmó que «no ha habido voluntad de ocultar información». Por ello solicitó que se hiciera sólo un pequeño comentario para corregir el nombre de la empresa.

Mario Vizcarra, hermano del unigénito ex presidente Martín Vizcarra, busca ahora ingresar al palacio de gobierno con el partido Primero de Perú. (Compositor: )

Otros asuntos

Otros tres registros, sin embargo, se refieren a renuncias de sentencias firmes, todo ello por obligaciones civiles de pago de una cantidad; no por delitos penales. Entre ellos se encuentra Virgilio Acuña (Partido Demócrata Federal), quien, según oficio de la Corte Suprema de Huaura, registra una sentencia en su contra emitida por otro juzgado de paz -sede de Huaral-, por la obligación de pagar una suma de dinero.

Luego de un acercamiento con Antauro Humala, líder del ‘Andahuaylazo’, el ahora exdiputado Virgilio Acuña se postula para vicepresidente por el Partido Demócrata Federal.

El caso fue presentado por una cooperativa de ahorro y préstamo; La demanda fue declarada parcialmente confirmada y obligada a pagar más de 18 mil, más intereses. La sentencia se aprobó en 2017 y el expediente ahora figura como ‘expediente provisional’ según datos del JEE. Además de este caso, Virgilio Acuña también registra otro por no declarar la propiedad de acciones de una empresa.

Además, hay tres expedientes donde se pone en duda la veracidad de las posiciones de carrera o partidarias declaradas por los candidatos, llegando incluso a casos que rozan la rumorología. Daniel Barragán, candidato a la primera vicepresidencia del Partido Obras Cívicas y exministro de Defensa en el gobierno de Pedro Castillo, dijo en su CV que había sido elegido vicepresidente en 2021; De hecho, era sólo un candidato. Ya pidió un mal comentario.

Punto de vista

Como explicó el abogado José Manuel Villalobos, experto en materia electoral, hasta las elecciones anteriores un candidato podía ser inhabilitado por no aportar correctamente su CV.

Sin embargo, tras una enmienda realizada por el parlamento en junio de 2024, mediante la ley núm. 32058, se reveló que de determinarse irregularidad se impondría una multa, dependiendo de la gravedad de la infracción, que oscila entre 1 UIT (S/ 5 500) y 10 UIT (S/ 55 000).

«Hasta la última elección te excluyeron por todo esto, todos estos candidatos en el 2021 ya estarían fuera de juego por no declarar EIRL, acciones, etc. Pero lo que pasó es que fue ridículo y lo más justo fue que te pusieran una multa, no que te sacaran de la carrera. Es decir, no había ningún porcentaje en la moto y no tomaron la declaración; una multa demasiado alta. La multa es más justa», dijo Villalobos.

Explicó que además de la multa, el caso también podría remitirse al Ministerio Público, ya que una declaración falsa podría implicar un proceso administrativo.

Villalobos enfatizó que desde su punto de vista, si hay información ya registrada en registros públicos, esa información debe ser procesada automáticamente por el sistema de hoja de vida. «Los problemas gubernamentales, como la interoperabilidad, no se deben trasladar al ciudadano. Si tienes tu empresa inscrita en registros públicos, esa información ya es pública para la sociedad», explicó.

De igual forma, el abogado Roy Mendoza, experto en derecho electoral, explicó que estas causales ya no constituyen inhabilitación. Mencionó que algunos solicitantes pueden omitir cierta información, ya sea porque les perjudica, por desconocimiento o porque confían en que el JNE ya tiene acceso a esos datos.

Pero independientemente de la situación fiscal de la empresa, es obligatorio contabilizar las acciones o participaciones que se puedan poseer. «A menos que la persona jurídica haya sido cerrada, pero si eso no ha sucedido y el negocio está suspendido, sí, hay que declararlo», dijo.

Mendoza también mencionó que en el pasado, cuestiones sobre sentencias en materia de pensión alimenticia, cuestiones contractuales y violencia familiar, así como sobre ingresos y patrimonio, podrían haber llevado a la inhabilitación. Hoy esto ya no es así. «Por eso ha disminuido significativamente el número de procesos de exclusión por imperfecciones. Ahora es sólo una sanción monetaria y si el jurado cree que el solicitante intentó falsificar la información envía copia de lo hecho al Ministerio Público», concluyó.

El abogado José Tello, experto en derecho electoral y presidente del Instituto AKLLA Perú, señaló por su parte que lo que busca el criterio es sancionar con exclusión sólo a quienes eviten la condena en causas penales o pendientes de juicio. De alguna manera, agregó, se brinda más flexibilidad, permitiendo repartir las multas a la hora de determinar este tipo de conductas. «A veces la exclusión no lo es todo», afirmó.

Tello insistió en que la declaración jurada intenta que «los candidatos sean transparentes para los vecinos» y que indiquen claramente lo que deben informar, ya que su finalidad es el conocimiento público y su fin la sinceridad.

«Si un candidato no es sincero, haga saber al público que se le excluye de las elecciones o, en todo caso, se le multará por no ser sincero. Todo esto, aparte del proceso penal que se inicia si hay un delito contra la fe pública. Porque cuando se omite o se da información falsa en una hoja de vida, estamos entrando en un problema penal», ya que esto tiene un rico problema.

NOTA:

  • Además de 349 casos que involucran a candidatos a diputados y 182 relacionados con candidatos al Senado, se registran otros 21 expedientes correspondientes a candidatos al Congreso Andino.
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Redactor Andino