Apple hizo de la privacidad su bandera. Una de sus funciones se ha saldado con una multa de 98 millones de euros en Europa – El diario andino

La privacidad ha sido uno de los grandes argumentos de Apple para explicar por qué su ecosistema funciona de forma diferente. No se trata sólo de una cuestión técnica, sino de una narrativa construida a lo largo de años. Precisamente por eso sorprende que una herramienta presentada como un anticipo para el usuario esté en el centro de una multa de casi cien millones de euros.
La Autoridad Italiana de Competencia ha impuesto Apple multada con 98,6 millones de euros por abuso de posición dominante, al considerar que la implementación de App Tracking Transparency restringe la competencia. La atención no se centra en la idea de proteger los datos, sino en cómo se aplicaron esas reglas a los desarrolladores que distribuyen sus aplicaciones en iOS. Aquí es donde reside el shock subyacente.
El origen de la función. Aplicación de seguimiento de transparencia No surge en este contexto regulatorio, sino varios años antes, como parte de un cambio más amplio en la estrategia de privacidad de Apple. La función se introdujo en abril de 2021 con el lanzamiento de iOS 14.5 y se presentó como una forma directa de devolver al usuario el control sobre el seguimiento de anuncios. A partir de entonces, cada aplicación tuvo que solicitar permiso explícito antes de rastrear la actividad del usuario en otras aplicaciones y sitios web. Fue un giro que reordenó el ecosistema móvil desde dentro.
La lógica detrás de la transparencia del seguimiento de aplicaciones se basa en una definición específica de lo que Apple considera seguimiento. No se trata sólo de mostrar anuncios, sino de vincular los datos recopilados en una aplicación con información obtenida de servicios de terceros para publicidad dirigida o medición. Si el usuario elige no ser rastreado, el desarrollador pierde el acceso al IDFA y, según las reglas del sistemani podrá utilizar otros identificadores personales para el mismo fin. Es un recorte técnico que simplifica la decisión del usuario, pero tiene consecuencias directas sobre cuántas aplicaciones se monetizan.
Una posición de fortaleza en el ecosistema iOS. Para la autoridad italiana, la clave no es la posterior apertura del sistema, sino la situación que existía cuando se empezó a aplicar el TCA. Durante ese período, Apple concentró el control sobre la distribución de aplicaciones de iOS y sobre las reglas que rigen el seguimiento de publicidad a nivel del sistema. Desde esa posición dominante, concluye el regulador, la empresa pudo establecer condiciones que tuvieron un impacto competitivo. Todo ello, más allá del objetivo declarado de proteger la privacidad de los usuarios.
El núcleo del reproche: “doble consentimiento”. El meollo de la penalización es cómo se aplicó ATT a los desarrolladores externos. Según la autoridad italianaLa pantalla de Apple requirió que se solicitara un primer permiso que, por sí solo, no cumplía con todos los requisitos de la normativa europea de protección de datos. Esto obligó a los desarrolladores a solicitar un segundo consentimiento adicional para el mismo fin publicitario. Ese paso adicional, sostiene el regulador, redujo la probabilidad de aceptación y limitó la recopilación y el uso de datos necesarios para la publicidad personalizada.
El impacto económico es uno de los pilares del expediente. Al aumentar la fricción para obtener el consentimiento, ATT limitó la recopilación y vinculación de datos utilizados para medir y personalizar anuncios. Para la autoridad italiana, esto perjudicó a los promotores cuyo negocio se basa en la venta de espacios publicitarios y también afectó a los anunciantes y a las plataformas de intermediación. En el resumen del caso, el regulador añade que este diseño podría generar beneficios para Apple, tanto a través de mayores comisiones asociadas a los servicios de la App Store como del crecimiento de su negocio publicitario.
¿Había otra manera de hacerlo? Una de las claves de la resolución es que el problema no está en la meta, sino en el camino. La autoridad italiana afirma que Apple podría haber alcanzado el mismo nivel de protección de la privacidad sin requerir solicitudes de consentimiento duplicadas.
Desacuerdo y aviso de apelación. Apple ha expresado su desacuerdo con la resolución de la autoridad italiana y considera que no valora adecuadamente las protecciones de privacidad proporcionadas por ATT. En una declaración citada por ReutersLa compañía insiste en que el sistema fue creado para brindar a los usuarios un control claro sobre el seguimiento de anuncios y que sus reglas se aplican por igual a todos los desarrolladores. La compañía también ha confirmado que recurrirá la multa y que mantendrá su compromiso de proteger la privacidad de los usuarios.
La multa es el resultado de una larga y compleja investigación. Según el resumen del caso.La autoridad italiana abrió el expediente en mayo de 2023 y amplió su alcance en octubre de 2024, en coordinación con la Comisión Europea, otros reguladores de la competencia y la autoridad nacional de protección de datos. Este enfoque conjunto subraya que el análisis del TCA no se limitó a un solo país o una sola dimensión. Más bien, se abordó como una intersección entre la competencia, la privacidad y el funcionamiento del mercado digital.
Más allá del recurso anunciado, la resolución impone efectos inmediatos. La autoridad ordena a Apple que cese inmediatamente la conducta mencionada y se abstenga de repetir prácticas similares en el futuro. Además, Apple tiene 90 días para informar a la AGCM cómo cumplirá con esas demandas. No está claro, por ahora, si este calendario depende también del proceso de apelación, pero el caso deja claro que el debate ya no es sólo teórico.
Imágenes | Georgiy Lyamin | Captura de pantalla
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