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Política

¿Blanqueo de oro ilegal? En el Congreso buscan debatir predictamen que permite al Banco de la Nación comercializar ese metal de la minería artesanal | POLITICA – El diario andino

¿Blanqueo de oro ilegal? En el Congreso buscan debatir predictamen que permite al Banco de la Nación comercializar ese metal de la minería artesanal | POLITICA – El diario andino

La Comisión de Economía del Congreso, presidida por Ilich López (Acción Popular), tiene pendiente debatir y votar el predictamen que plantea que el Banco de la Nación comercialice el oro proveniente de la “minería artesanal“.

El texto fue elaborado pese a las opiniones desfavorables de la propia entidad, el Ministerio de Energía y Minas (Minem), la Asociación de Exportadores (ADEX) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

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Especialistas consultados por calificaron el proyecto de inviable y peligroso porque en términos prácticos pretende que el Estado “blanquee” el oro de origen ilícito.

En medio del receso parlamentario por el fin de la legislatura y en sesión extraordinaria, la comisión aprobó por mayoría [ver cuadro] ampliar la agenda de la reunión de este lunes 30 de junio para evaluar la propuesta. Sin embargo, luego de una lluvia de críticas en redes sociales, el tema no se abordó.

Solo estaban presentes en la sala López y sus colegas Miguel Ciccia (Renovación Popular) y Germán Tacuri (Bloque Magisterial). El resto de integrantes se conectó de forma virtual.

Votaron a favor de ampliar la agenda

CongresistaBancada
Ilich LópezAP
José JeríSomos Perú
Diego BazánRenovación Popular
María AcuñaAPP
Rosio TorresAPP
Kyra AlcarrazPodemos Perú
Raúl DoroteoPodemos Perú
Carlos ZeballosBloque Democrático
Elvis VergaraAP
Germán TacuriBloque Magisterial
Patricia ChirinosRenovación Popular
Kelly PortalatinoPerú Libre
Segundo MontalvoPerú Libre
Silvia MontezaAP
Luis CorderoSomos Perú
Jorge MontoyaHonor y Democracia
Voto en contraBancada
Carlos AndersonNo agrupados

Mira aquí la sesión:

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La propuesta

Se trata del proyecto de ley 8491 impulsado por Jorge Montoya y presentado el 30 de julio del 2024.

El texto busca modificar los artículos 2 y 6 de la ley que crea el Banco de la Nación (Ley 16000) para que la entidad estatal tenga entre sus facultades la compra, venta, exportación y comercialización de minerales, particularmente oro provenientes de la minería artesanal y pequeña escala formalizada en el marco de la legislación vigente. Se trata de mineros que actualmente están suscritos al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

¿Qué dice el primer artículo del predictamen?

Artículo 1. Modificación de los artículos 2 y 6 de la Ley 16000, que crea el Banco de la Nación. Se modifica el artículo 2 y se incorporan los literales f) y g) en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley 16000, que crea el Banco de la Nación, en los siguientes términos:

“Artículo 2. El Banco de la Nación tiene como finalidad principal proporcionar a todos los órganos del Sector Público Nacional los servicios bancarios que dichas entidades requieren para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, realiza operaciones de compra, venta, exportación y comercialización de minerales, particularmente oro, provenientes de la minería artesanal y de pequeña escala formalizada, en el marco de la legislación sobre la materia vigente.

“El precio de dicho mineral se rige por la oferta y la demanda, considerando las fluctuaciones del mercado internacional y las tarifas o comisiones que fija el Directorio del Banco de la Nación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de fomentar el desarrollo de la minería artesanal y de pequeña escala (MAPE)”, sugiere la iniciativa.

Proyecto de ley 8491.

También pretende que el Banco de la Nación implemente tecnología, infraestructura, procedimientos adecuados para la comercialización del mineral, así como el control de calidad, trazabilidad y exportación “respetando” normas ambientales, tributarias, aduaneras, de prevención de lavado de activos, de comercio internacional y demás disposiciones aplicables.

Propone que estas operaciones estén sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), conforme al marco de supervisión especializada aplicable, “sin perjuicio” de las competencias del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en materia de políticas públicas financieras, así como de los organismos nacionales e internacionales.

En las disposiciones complementarias otorga al Poder Ejecutivo un plazo de noventa días calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, para que apruebe los instrumentos normativos adicionales que resulten necesarios para la ejecución de las modificaciones dispuestas por esta ley. Estos instrumentos deben ser informados ante el Congreso en un lapso de treinta días hábiles.

“La implementación de las facultades conferidas al Banco de la Nación en virtud de la presente ley se financia con cargo a su presupuesto institucional y a sus propios recursos, sin demandar recursos adicionales del tesoro público”, dice la propuesta.

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Entre los argumentos la propuesta señala que existen brechas en la cadena de comercialización y trazabilidad de la minería artesanal y que este sector enfrenta “serias” deficiencias en sus canales de comercialización.

Menciona que, a pesar de los esfuerzos de formalización, la gran mayoría de pequeños productores de oro sigue al margen del circuito formal, vendiendo su producción a intermediarios o redes ilegales.

“Los indicadores evidencian brechas significativas: la mayoría de la producción aurífera de la MAPE no es declarada ni trazada adecuadamente, lo que facilita su desvío a canales informales”, subraya.

En el proyecto afirman que “varios países han implementado esquemas en que bancos públicos o centrales participan en la compra y comercialización de oro de la pequeña minería, con resultados interesantes”. No obstante, solo citan dos casos: Bolivia y Tanzania.

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Opiniones desfavorables

EntidadFechaRespuesta
Banco de la Nación 27 de agosto del 2024Señala que el Banco no tiene experiencia en dichas actividades, ni cuenta con el enfoque, recursos ni atribuciones estatutarias para desarrollarlas. Además, advierte que asumir estas funciones podría generar riesgos operativos y afectar la calidad de los servicios actuales. No se recomienda la aprobación del proyecto de ley, al no estar alineado con los objetivos ni funciones del Banco de la Nación.
Presidencia del Consejo de Ministros – PCM4 de septiembre del 2024En su análisis, la PCM determinó que el contenido del proyecto no guarda relación con sus competencias, sino que corresponde al ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), motivo por el cual se trasladó el pedido de opinión a dicho ministerio. Concluye que no corresponde a la PCM emitir opinión sobre el proyecto, recomendando que sea evaluado por el MEF en su calidad de sector competente.
Mimen17 de diciembre del 2024El informe concluye que el Proyecto de Ley que busca ampliar las funciones del Banco de la Nación para intervenir en la compra y exportación de oro y minerales no resulta viable, al no sustentar adecuadamente su necesidad ni considerar el marco normativo vigente. Además, advierte que el Banco carece de capacidades técnicas, logísticas y presupuestales para asumir dichas funciones, y que estas corresponden actualmente a la SUNAT y a la Dirección General de Minería. No resulta viable el proyecto de ley, por falta de justificación técnica y legal, y por no estar el Banco de la Nación preparado para asumir dichas funciones.
ADEX21 de marzo del 2025ADEX advierte que dicha medida podría implicar la adquisición de oro de procedencia ilegal o informal, generando riesgos de blanqueo de activos, incentivando la ilegalidad, afectando la trazabilidad en los mercados internacionales y generando competencia desleal frente a empresas formales. Concluye que antes de avanzar con el proyecto, debe aprobarse primero una ley de formalización de la MAPE que garantice la trazabilidad, legalidad y supervisión de la actividad minera artesanal.
SBSEn su análisis, la SBS advierte que estas funciones no corresponden a la naturaleza del Banco de la Nación y podrían comprometer su solvencia, afectando fondos públicos y depositantes. Asimismo, señala que dicha intervención estatal vulneraría los principios constitucionales de libre iniciativa y subsidiariedad, generando riesgos de competencia desleal frente al sector privado. También resalta que estas operaciones implican riesgos financieros incompatibles con el principio de sostenibilidad financiera que rige al Banco, y recuerda que el Estado solo puede participar empresarialmente cuando no existe oferta privada suficiente o exista un alto interés público debidamente justificado. Concluye que el proyecto de ley no resulta viable, por desviarse del objeto institucional del Banco de la Nación, contravenir principios constitucionales y comprometer su sostenibilidad financiera.

Respuesta

El presidente de la Comisión de Economía, Ilich López, defendió la propuesta alegando que busca generar trazabilidad y fortalecer las arcas del Estado.

Agregó que la iniciativa no se abordó en esta sesión “por falta de tiempo”, cuando él mismo fue quien solicitó la ampliación de la agenda para poder tocar el tema. Además, la sesión avanzó rápidamente debido a que los varios proyectos se aprobaron tras un breve debate.

Según dijo, la iniciativa tiene como finalidad controlar mejor el flujo del oro producido en el país. “Se sabe que la problemática de los minerales en el Perú, sobre todo de la minería artesanal y también la minería informal, es que no sabe mucho a dónde llega a parar la producción. Entonces, la intención de este dictamen es tener esta trazabilidad”, afirmó.

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Cuestionamientos

En diálogo con , Luis Castilla, exministro de Economía; César Ipenza, abogado especialista en materia ambiental; y Dante Vera, director fundador V&C Analistas, advirtieron que el proyecto es peligroso.

Para Castilla, la iniciativa es una “pésima idea” y desvirtúa la naturaleza del Banco de Nación.

“El BN no tiene, en absoluto, la capacidad para meterse en esa función y lo más peligroso de todo es que el propio Congreso está pretendiendo crear un mecanismo que potencialmente pueda blanquear todos los recursos vinculados a la minería ilegal sin haber, previamente, identificado los mecanismos de trazabilidad que se requieren”, señaló.

Castilla consideró que se estaría creando un “mecanismo de impunidad” más complejo que el Reinfo. “No es viable la propuesta y es peligrosísima. Ojalá que el Congreso recule y no apruebe esa barbaridad”, agregó.

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A su turno, Ipenza indicó que en el Perú “no hay ninguna garantía” de que el oro que se comercializa tenga un origen legal.

“En el predictamen señalan que van a comprarlo con la regulación nacional. No obstante, lo que se comercia en el Perú es oro con papeles del Reinfo, que lamentablemente lava oro de origen ilegal y no hay certeza de comprar oro legal o en vías de proceso de legalizarse”, aseveró.

Entonces, bajo su lectura, con este tipo de iniciativas lo que se va a terminar comprando es oro ilegal y convertirlo en legal. “Si ya el Estado lo adquiere ya sería un comercio legal, el Estado sería como una especie de blanqueador de oro de origen ilegal”, subrayó

“El mismo Estado va a terminar lavando oro obtenido gracias a que se destruye patrimonio de todos los peruanos”, remarcó.

Ipenza estimó que el proyecto se aprobará y el Gobierno de Dina Boluarte no lo observará. “El Ejecutivo va a someterse sin cuestionar”, advirtió.

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Por su parte, Vera opinó que añadir estas facultades al Banco de la Nación traería muchos problemas porque tendría que hacer toda una reorganización e invertir mucho dinero y meterse a un negocio que no es su especialidad.

“Eso podría tener consecuencias a la hora de meterse a un negocio en el cual si te equivocas es pérdida. ¿Se pierde dinero y quién lo recupera? No creo que ese predictamen sea adecuado”, expresó.

Por otro lado, cuestionó que la iniciativa señale que no generará gastos al Estado. “¿Cómo se va a implementar todo un sistema de exportación sin invertir dinero en el Banco de la Nación?”.

Además…

  • El Gobierno peruano oficializó el último domingo 29 de junio la ampliación por seis meses del plazo para culminar el proceso de formalización minera integral dirigido a la pequeña minería y minería artesanal, inscrita en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). Esta extensión, establecida mediante el Decreto Supremo N.º 012-2025-EM, fue refrendada por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero Cornejo.

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Redactor Andino