Delia Espinoza y el pedido de suspensión en la JNJ: Los cuatro hechos graves y muy graves por los que responderá en audiencia | POLITICA – El diario andino





Se elevan las tensiones entre la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y el Ministerio Público (MP). La JNJ convocó a la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, este viernes 19 de septiembre a las 10 am, a una audiencia pública para evaluar el pedido de seis meses de suspensión en su contra por el caso Patricia Benavides.
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Espinoza fue convocada de manera improrrogable para presentar un informe oral por un lapso de 10 minutos. La audiencia se llevará a cabo en la sede de la Junta Nacional de Justicia, en San Isidro.
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La JNJ abrió el último 15 de septiembre un procedimiento disciplinario ordinario contra Espinoza por su actuación como fiscal de la Nación. En este proceso, María Teresa Cabrera Vega, vicepresidenta de la institución e instructora del caso, recomienda que se imponga a la titular del MP la medida de suspensión preventiva.
La razón principal alegada por la consejera instructora es que Espinoza Valenzuela no ejecutó la Resolución N.º 231-2025-JNJ, emitida en junio pasado, al ordenar que se reponga a la fiscal suprema Patricia Benavides como fiscal de la Nación.
Ante ello, la fiscal presentó un recurso de inhibición y/o abstención en contra de la instructora Cabrera y requirió al pleno de la JNJ la nulidad y suspensión de su proceso disciplinario. No obstante, ambas solicitudes fueron declaradas improcedentes. La resolución lleva la firma de Gino Ríos, presidente del organismo.
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Estos son los 4 hechos «graves y muy graves» por los que responderá Espinoza
Hecho 1
Desobedecer resolución que ordenó reponer a Patricia Benavides
A Espinoza se le imputa haber hecho caso omiso a lo ordenado en la Resolución N.º 231-2025-JNJ, que ordenaba que Patricia Benavides Vargas retome funciones como fiscal suprema titular y fiscal de la Nación.
En la resolución que da luz verde al proceso disciplinario contra Espinoza, se advierte que, desde que la investigada fue puesta en conocimiento de la Resolución N.º 231-2025-JNJ, en junio del 2025, se encontraba en la obligación de acatar lo dispuesto en dicho acto administrativo, y por ende, correspondía citar a Junta de Fiscales Supremos para adoptar la decisión de reincorporar a Benavides Vargas en el cargo de Fiscal de la Nación.
Patricia Benavides reclama que se cumpla con mandato para su retorno a la Fiscalía. EFE/ Paolo Aguilar
/“Empero, por el contrario, la investigada Delia Espinoza Valenzuela, se habría resistido a ello”, dice el documento.
Detalla que, desde el lunes 16 de junio de 2025, cuando la fiscal de la Nación fue notificada sobre la reposición de Benavides “inició el desarrollo de una serie de acciones cuyo fin se asociaba presuntamente a desacatar” lo dispuesto por la JNJ y continuar en el cargo.
En esa línea, Espinoza desarrolló las siguientes acciones, como no atender a Benavides, cuando en horas de la mañana de aquel lunes “se constituyó a la sede principal del Ministerio Público, hecho que ha sido de conocimiento público, debido a la amplia cobertura de la prensa en relación a dicha acción”.
“La investigada Delia Milagros Espinoza Valenzuela habría continuado ejerciendo funciones como Fiscal de la Nación, disponiendo presuntamente que el acceso al piso 9 de la sede principal del Ministerio Público se mantuviera cerrado, en lo que aparentaría ser un intento de impedir nuevos ingresos a dicha área. Tales actuaciones, de acuerdo con lo difundido públicamente, podrían interpretarse como orientadas a una única finalidad: no reconocer la resolución emitida por la Junta Nacional de Justicia que ordenó la reposición de Liz Patricia Benavides Vargas en el cargo de fiscal de la Nación”, señala.
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Asimismo, se advierte que no se habría procedido a la reincorporación oportuna de la fiscal Azucena Inés Solari Escobedo, lo que podría configurar un trato desigual en el ejercicio del cargo por parte de la investigada.
Por tanto, dice el documento, Espinoza Valenzuela, con el desarrollo de tales acciones habría incurrido en la falta grave y muy grave previstas en los artículos 46 inciso 7, y 47 inciso 6 y 13 de la Ley de la Carrera Fiscal, e incumplido el deber establecido en el artículo 33, inciso 1 de la referida ley.
“Con sus acciones, ya detalladas, se sustrajo al cumplimiento de una decisión administrativa vinculante, y al mismo tiempo desarrolló acciones cuestionables en su búsqueda de prolongar su resistencia a ejecutar lo dispuesto por un órgano constitucional autónomo, como es la Junta Nacional de Justicia; lo que es calificado como falta muy grave, pues afecta no sólo la imagen de la institución, sino también la confianza ciudadana en la autonomía del Ministerio Público, a pesar de tener el deber de guardar en todo momento conducta intachable”, indica.
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Hecho 2
Haber continuado ejerciendo el cargo de fiscal de la Nación de manera ilegal
Se acusa a Espinoza de haber permanecido al frente del Ministerio Público pese a la resolución que restituía a Patricia Benavides en dicho cargo.
“Se advierte que la investigada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, pese a haber sido formalmente notificada […] no habría acatado lo dispuesto por la Junta Nacional de Justicia y habría continuado ejerciendo de facto el cargo de fiscal de la Nación”, dice.
Entre las acciones irregulares imputadas por este hecho están el Oficio N.º180-2025-MP-FN dirigido a la JNJ en el que solicita el acta donde conste la decisión del colegiado de reponer a Benavides. “Esa objeción inicial […] no tendría sustento legal alguno”, dice el documento que da luz verde al proceso contra Espinoza.
Se argumenta que el acta de sesión de pleno de la JNJ “es un documento interno, que refleja los acuerdos arribados por los miembros partícipes de la sesión, pero no viene a constituir el acto administrativo en sí, el cual se refleja con la Resolución que se emite, que contiene la decisión formal y es firmada por la autoridad competente”.
Por lo tanto, se considera, que “no viene a constituir” un requisito para la realización del acto de notificación. “Para que el acto administrativo surta sus efectos, basta únicamente con notificar el mismo, en este caso, la Resolución N.º 231-2025-JNJ, sin existir exigencia alguna para que adicional a ello, se notifique el acta de la sesión en la que se respalda”, subraya.
Agrega que Espinoza Valenzuela, al emitir un mensaje a la Nación, en el que desconocía la validez de la decisión arribada por la Junta Nacional de Justicia, “no solo dejó de acatar lo resuelto, sino que además habría trasladado a la opinión pública un cuestionamiento institucional, en busca de alcanzar un debilitamiento de autoridad de la Junta Nacional de Justicia”.
“Por ende, al haberse presentado ambos supuestos de faltas muy graves, se justifica la apertura de procedimiento disciplinario, dada la vulneración de principios esenciales de la carrera fiscal, como son la independencia, legalidad, y respeto al orden constitucional”, indica.
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Hecho 3
Haberse rehusado a cumplir sus funciones como fiscal suprema
De acuerdo con el documento de la JNJ, Espinoza Valenzuela, pese a tener conocimiento de la obligatoriedad de la decisión a favor de Benavides “habría incurrido en inobservancia del deber de acatar las decisiones emanadas de una institución constitucionalmente autónoma como es la Junta Nacional de Justicia, omitiendo convocar de inmediato al Pleno de la Junta de Fiscales Supremos para que se pronuncien sobre los aspectos inherentes a dicha reincorporación”.
Por ende, la titular del MP habría incumplido un deber funcional previsto en la Ley Orgánica de su institución, que asigna a la fiscal de la Nación la responsabilidad de ejecutar y garantizar la eficacia de las decisiones vinculantes adoptadas por los órganos competentes.
Fiscal de la Nación, Delia Espinoza, durante vigilia en Ministerio Público. (Foto: GEC)
“Así, la presunta dilación en la convocatoria que debía realizar la investigada Delia Milagros Espinoza Valenzuela a fin de emitir pronunciamiento en relación a la reincorporación de la señora Liz Patricia Benavides Vargas, habría configurado un retardo injustificado en la ejecución de un mandato vinculante, contrario a los principios de legalidad, eficacia administrativa y respeto institucional”, indica.
Esta conducta para la JNJ amerita la apertura de un procedimiento disciplinario por falta muy grave.
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Hecho 4
Cierre del piso 9 de la sede del Ministerio Público
El documento refiere que Espinoza habría dispuesto que personal fiscal y administrativo se constituyera en el piso 9 de dicha sede institucional, lugar donde se ubican las oficinas de la Fiscalía de la Nación, permaneciendo allí por un espacio aproximado de cuatro horas; lo que generó una notoria concentración de funcionarios en dicho espacio, hecho que ha quedado registrado en diversos videos, fotografías y audios difundidos públicamente.
“Asimismo, la investigada Delia Milagros Espinoza Valenzuela habría dispuesto la convocatoria al personal fiscal y administrativo del Ministerio Público, a fin de que el mismo lunes 16 de junio de 2025, en horas de la tarde, se realizara una vigilia en la sede principal de dicha entidad, la cual habría sido supuestamente encabezada por la investigada, en rechazo al retorno al Ministerio Público de la señora Liz Patricia Benavides Vargas, acción que también tuvo amplia cobertura periodística por todos los medios de comunicación”, apunta.
Fotos: Antonio Melgarejo/ @photo.gec
De ese modo, según el documento, Espinoza Valenzuela habría incurrido” en un evidente uso indebido de su investidura” como fiscal de la Nación, así como del local institucional, “con la finalidad de demostrar su resistencia al cumplimiento de una resolución obligatoria, apartándose de los deberes funcionales establecidos en la Ley de la Carrera Fiscal, y afectándose la imagen, la autoridad y la independencia de la institución”.
“La realización de la vigilia en rechazo de lo dispuesto por la Junta Nacional de Justicia constituiría un hecho indebido y grave que evidencia resistencia abierta a la autoridad legítima, y contravendría los deberes a los que se encuentra obligada, estando al cargo de la Fiscalía de la Nación”, puntualiza.
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Espinoza: “Quieren sacarme de manera irregular”
En diálogo con RPP, Espinoza calificó de “irregular” e “inconstitucional” y acto de “venganza” la manera en la que se está llevando a cabo el procedimiento en la JNJ. Además, señaló que los integrantes de la JNJ que buscan suspenderla “van a terminar en la cárcel”.
La titular de la Fiscalía de la Nación evitó responder si acudirá a la citación de este viernes 19.
“Quieren sacarme de mala manera, de manera irregular, de manera inconstitucional. Esto prácticamente es un proceso inmediato arbitrario. Es irregular, están actuando desesperadamente. Los señores van a terminar en la cárcel porque han cometido abocamiento indebido, usurpación de funciones, actos que han sido denunciados oportunamente ante el Congreso de la República pero, oh sorpresa, los han totalmente archivado”, expresó.
“Se están yendo contra mi persona. Diría que es hasta una venganza por lo que no lograron el 16 de junio”, afirmó.
“Están forzando la figura y están cometiendo una serie de delitos, acumulando delitos que el Congreso no quiere ver porque no les conviene porque tengo investigados, denunciados constitucionalmente a una gran cantidad de congresistas en casos que están archivando actuando como jueces. No están haciendo control político”, manifestó.
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Opinión
En diálogo con , el abogado penalista Gilmar Andía opinó que en lugar de una resolución que abre un proceso disciplinario sancionar pareciera un informe para la sanción.
Consideró que en el documento afirman de manera “categórica” que Espinoza no acató la resolución que reponía en el cargo a Benavides.
“Cuando se está en etapa preliminar o incluso en el inicio de una investigación disciplinaria, se tiene que pasar esta fase para establecer si, en efecto, se dio o no se dio la situación de desacatar la decisión o convocar a las personas para impedir el cumplimiento de la resolución o no haber recibido a Benavides en el piso 9. Es decir, se hace una hipótesis y en el desarrollo del proceso tiene que demostrarse esta hipótesis. Sin embargo, este informe es categórico”, dijo Andía.
El exviceministro de Justicia señaló que con esta resolución “se estaría haciendo una pantomima de procedimiento” porque la decisión de sancionar ya estaría decidida.
Andía consideró, además, que los hechos imputados no tienen “una correlación real con las normas que dicen que se habrían lesionado”. “No hay tipicidad ni acogimiento al principio de legalidad”, acotó.
Finalmente, advirtió que, si Espinoza no se presenta a la audiencia, continuarán con el procedimiento alegando que se le dio la oportunidad de defenderse.