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Economía

El Congreso incorpora las juntas directivas de las cajas de ahorros – El diario andino

El Congreso incorpora las juntas directivas de las cajas de ahorros

 – El diario andino

El 20 de noviembre, la Comisión de Presupuesto del Congreso aprobó el proyecto de endeudamiento del sector público para el año fiscal 2026, de acuerdo con el presupuesto para el año siguiente. Posteriormente, el 28 del mismo mes, el texto sustituto ingresó al debate plenario con una sorpresa: cambios en el funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC).

Esto, que fue aprobado ese mismo día y que fue publicado ayer en el reglamento legal, ya contó con la oposición de la Dirección de Banca, Seguros y AFP (DGS), porque provocaría efectos negativos en la gestión corporativa de estas entidades.

Por cierto, la ley tiene la firma del presidente José Jerí, quien durante su etapa como vicepresidente del grupo de economía quería proyectos que ya habían propuesto cambios en los consejos de administración de estas entidades.

¿Qué se pretende ahora? La disposición complementaria decimoquinta que modifica la norma establece cambios en los artículos 10 y 11 de la Ley 30607, Ley que modifica y fortalece el funcionamiento de la CMAC. Así, la Junta Directiva de estas entidades está compuesta actualmente por siete miembros, entre ellos dos que representan a la mayoría del concejo municipal, uno a la minoría en el concejo municipal, uno a Cofide, uno a la Cámara de Comercio, uno al clero y uno a los pequeños comerciantes y productores del ámbito territorial donde opera la entidad.

La ley ahora indica que este último será elegido por el Viceministro de Mype e Industria del Ministerio de la Producción, es decir, habrá injerencia del gobierno de turno.

La norma también enfatiza que no pueden ser miembros de la junta directiva los alcaldes, concejales y quienes no cumplan con los requisitos técnicos y morales.

Otro punto de discordia es que se ha establecido que el presidente del consejo directivo es elegido por un solo año, y que puede ser reelegido por dos períodos anuales consecutivos. Anteriormente, la norma preveía tres años consecutivos en el cargo y la posibilidad de reelección ilimitada.

POSICIÓN DEL DZS

Como se ha mencionado anteriormente, la DGS ya se ha pronunciado en contra. El regulador señaló que la propuesta de limitar el tiempo del presidente del consejo de administración podría afectar negativamente a la continuidad estratégica y al cumplimiento de los objetivos de negocio a largo plazo de cada caja de ahorros.

«Por lo tanto, si el objetivo de esta medida es favorecer la dinámica en la formación del directorio, evitando la exposición a determinadas posiciones de dominio, este Consejo de Supervisión considera que la limitación en cuestión debe centrarse en el período máximo que se puede desempeñar como director, y que se debe establecer un período razonable para garantizar el cumplimiento de los planes estratégicos de la estrategia y permitir una nueva formulación del estado establecido de la SBS.

FORTALECIMIENTO

Algo que no se tiene en cuenta en la norma es la solidez de estas entidades financieras. El beneficio de las cajas municipales aumentó un 135,7% en octubre. Además, las cajas de ahorro rurales dejaron de declarar pérdidas.

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Redactor Andino