September 23, 2025

Office Address

123/A, Miranda City Likaoli
Prikano, Dope

Phone Number

+0989 7876 9865 9

+(090) 8765 86543 85

Política

Elecciones 2026 | Unidad popular | El Comité Electoral Nacional de JNE requiere un poder judicial: ¿qué hicieron las disputas y qué se solicita por el Tribunal Constitucional? | Tlcnota | Citación – El diario andino

Elecciones 2026 | Unidad popular | El Comité Electoral Nacional de JNE requiere un poder judicial: ¿qué hicieron las disputas y qué se solicita por el Tribunal Constitucional? | Tlcnota | Citación

 – El diario andino

Él Jurado de la elección de tierras (JNE) presentó una competencia para el Tribunal Constitucional contra el sistema judicial, luego de las disputas derivadas de una orden judicial en torno al registro del Partido de la Unidad Popular, dirigido por el ex Sheriff de Duberl Rodríguez, para permitirle y participar en la próxima carrera electoral.

Ver: La suspensión de la posición del presidente regresa al debate en el Congreso: el alcance de la propuesta

En la mañana de este viernes 12, el progresivo oficial de JNE, Ronald Angulo Zavaleta, junto con el abogado constitucional Lucas Ghersi Murillo, quien forma parte del equipo de abogados, de Magna Carta «En defensa de la naturaleza intangible del programa electoral»como se especifica en el verano mismo.

Boletín durante

(Foto: JNE)

La operación ya había sido anunciada previamente por el jefe de JNE, Roberto Burneo, a la luz de la decisión emitida por el tercer tribunal constitucional. Esta oficina, que estaba a cargo de John Paredes, ordenó que el grupo político se registrara como una fecha el 12 de abril; Como resultado, le permitiría participar en las elecciones generales de 2026. Para no hacerlo, el juez decidió ir más allá y castigar a los miembros del MP de JNE y enviar el caso a la oficina del fiscal. MP para la unidad electoral acordó llevar el asunto a TC.

«La capacidad de la demanda tiene efectos generales y asociados en ciertos asuntos. Lo que busca es con la influencia general, el tribunal constitucional aumentaráexplicar Comercio Abogado Lucas Ghersi.

Como se describe, el ejemplo de la máxima interpretación de la Constitución 2005, en el caso de Lizana Puelles, se confirmó que, aunque puede haber reclamos contra la institución electoral, no pueden influir en el equipo electoral. Y enfatizó que lo que se busca es que el proceso tiene legitimidad.

«El equipo electoral es sagrado, eso es lo que se hizo. Imagine cómo la elección sería como si fuera una fecha de corte y se dice: las partes que son esto son. Y luego, con los tribunales, más adentro. Sería un desastre.Ghersi enfatizó.

(Foto: JNE)

Mencionó que, dado que el caso estaba en un caso, el caso en TC podría resolverse rápidamente, incluso a fines de este año o los primeros meses del siguiente. Esto mientras el plan electoral se ejecuta sin un alto el fuego.

Solicitar ante el tribunal

La demanda de competencia a la que se acercó Comerciose puede encontrar en 36 páginas, donde el intérprete máximo de la Constitución declaró que JNE tiene el derecho exclusivo de proteger una lista de organizaciones políticas (ROP), asegurar que se cumplan las regulaciones referidas a las elecciones y controlen la justicia en este mismo caso.

En esa línea, se le pide al tribunal que «las resoluciones emitidas por JNE MP en casos electorales no se revisen en la sede de los tribunales», de acuerdo con los artículos 142 y 181. Constitución política Perú. Y se confirma que JNE «es el intérprete supremo de la ley electoral».

También se propone que la presentación de las incorporaciones AMPO no detiene el plan electoral que ha comenzado, que debe continuar su curso aún más si se rige por el principio de exclusión de las elecciones. Y que si se violan algunos derechos fundamentales, el proceso de AMPOR solo estará destinado a determinar las obligaciones, lo que prevalece el desarrollo normal del proceso electoral.

En un caso especial con respecto a la categoría de Duberi Rodríguez, TC se requiere como «cero y sin impacto legal» emitida por el Tercer Tribunal en Lima. A partir de ahí, la demanda, que fue instituida por una unidad popular, declaró lo que castigó a los miembros del MP de JNE y al director de ROP al no cumplir su decisión.

«Bueno, ordenan a JNE que presenten una excepción de un plan electoral para las elecciones generales 2026 (…) y, por lo tanto, permite la participación de organizaciones políticas de unidades populares en dicho proceso electoral»Se destaca en la demanda que entró.

Caso no publicado y relevante

Alejandro rospiglosi, abogado del constitucionalista, enfatizó que era un caso simbólico y que el Tribunal Constitucional debe definir que el derecho a participar en la vida política del país «Es correcto lo que tiene restricciones, no es absoluto» Y que el calendario electoral que ya está en marcha no se puede cambiar.

«La pregunta es que puede permitir la alimentación del número de elección, que ha excluido los puntos? La respuesta es no. Y si lo hacemos, existe el riesgo de causar daños irreversibles a la democracia. En esa línea, apeló que fue liberado rápidamente en la Corte Suprema.

Por su parte, el abogado constitucional Heber Joel Campos señaló que TC era competente para resolver la demanda que JNE ha presentado y tuvo que sopesar y evaluar los activos legales en juego, incluidas las ciertas elecciones (elecciones) y los derechos de la participación política.

«Se espera que la ley electoral sea el principio que más importa: la exclusión de los diferentes niveles del proceso electoral. TC debe analizarse si se resuelve por PJ, en este caso particular, atento o no contra ese principio.

El tribunal debe gobernar en la parte inferior del caso pronto.

About Author

Redactor Andino