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Política

JNE retira resolución y confirma que Fernando Rospigliosi no violó la neutralidad en el caso de las cámaras en el mitin de Fuerza Popular | POLÍTICA – El diario andino

JNE retira resolución y confirma que Fernando Rospigliosi no violó la neutralidad en el caso de las cámaras en el mitin de Fuerza Popular | POLÍTICA

 – El diario andino

Él Jurado Nacional de Elecciones (JNE) afirmó la denuncia presentada por Fernando Rospigliosipresidente del parlamento en ejercicio, y revocó la resolución sobre Jurado Electoral Especial (JEE) Pacasmayo que dictaminó en su caso una presunta violación a la neutralidad electoral por el uso del salón de actos en una reunión de Fuerza Popular.

La Resolución 0737-2025-JNE confirmó que Rospigliosi «no ha violado el deber de imparcialidad».

Boletín mientras tanto

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JNE llegó a la conclusión de que no había hechos suficientes para responsabilizar a Rospigliosi presuntamente favoreciendo a Fuerza Popular, tras utilizar la Cámara de Representantes en el trabajo del partido.

Según el fallo, no quedó demostrado que Rospigliosi hubiera ordenado, autorizado o tenido conocimiento del uso de bienes estatales, requisito necesario para ser considerado una violación de la Ordenanza sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad.

“Declarar con lugar el recurso de apelación interpuesto por Fernando Miguel Rospigliosi Capurro, en su carácter de Primer Vicepresidente que preside la Asamblea de la República; revocar la resolución No. violación de lo dispuesto (…) del reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad durante el período electoral”, dice la resolución 0737-2025-JNE.

La decisión fue aprobada en reunión virtual el 5 de diciembre de 2025.

El Tribunal Supremo Electoral revoca la decisión del JEE y excluye la responsabilidad de Rospigliosi.

El expediente se originó a partir de los informes de inspección de la JEE de Pacasmayo, que encontraron uso indebido de equipos audiovisuales.

Inicialmente, la unidad concluyó que Rospigliosi, como máxima autoridad que dirigía la asamblea, tenía el deber institucional de salvaguardar la propiedad estatal y abstenerse de utilizar recursos públicos para fines misioneros.

Fuerza Popular habría utilizado cámaras del Congreso durante la presentación de la candidatura de Keiko Fujimori. (Foto: Filmación por TIKTOK/Sol TV)

En su recurso, Rospigliosi argumentó que no había pruebas de que estuviera involucrado en el incidente, ni ninguna evidencia que vinculara su trabajo con la administración de la propiedad, responsabilidad que – según indicó – recae en la oficina del jefe.

Sostuvo además que la imputación se basó en una omisión no prevista en el tipo de pena y que careció de individualización del acto, causalidad y relación funcional.

Durante la revisión del caso, el fiscalizador del JEE afirmó que la cámara estaba controlada por Daniel Constantino Luza Amésquita y que en ausencia del comandante en jefe el comando operativo ha caído en su lugar Jaime Abensur Pinasco. Ninguno de ellos apeló, por lo que la sentencia para ambos quedó firme.

“Especifica que esta declaración no se extiende a Jaime Abensur Pinasco, Secretario de la Asamblea, y a Daniel Constantino Luza Amésquita, en ese momento, al servicio de la Oficina de Participación Ciudadana de la Asamblea de la República”, se lee en la resolución del JNE.

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El JNE dispuso devolver el expediente al JEE Pacasmayo para continuar con el trámite correspondiente, recordando que todas las notificaciones futuras se enviarán a través de casilla electrónica, de acuerdo con las normas vigentes del sistema de notificaciones de la Comisión Electoral.

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