Los trabajadores pueden tener el 100% de sus fondos en diciembre de 2026. Años

El ejecutivo ha declarado Ley no. 32322, la cual autoriza un retiro excepcional y solo hasta el 100% de los fondos acumulados en la tarifa de servicio (CTS) antes del 31 de diciembre de 2026. Esta medida es aplicable por un tiempo limitado y busca brindar un apoyo a todos los trabajadores que deseen acceder a la totalidad o parte de sus cuentas acumuladas.
La normativa, publicada en el periódico El Peruano, es relevante para los trabajadores que se benefician de este sistema, permitiéndoles tomar decisiones sobre su dinero de una manera más flexible. Este cambio legislativo ha sido diseñado para adaptarse a las necesidades de los empleados, proporcionándoles la posibilidad de acceder a sus fondos en un momento crítico.
Además, esta nueva normativa modifica la regulación legislativa (DL) 650, que establece la ley sobre servicios de compensación, con el objetivo de brindar asistencia a quienes padecen enfermedades terminales o cáncer. Esta disposición está organizada de la siguiente manera: el trabajador que sufra de una enfermedad terminal o cáncer diagnosticada, debidamente acreditada ante el empleador, puede, en cualquier momento, retirar el 100% de sus depósitos e intereses acumulados. Este cálculo se realizará en la fecha en que los requisitos para la jubilación total sean cumplidos por parte del trabajador.
La norma, que fue aprobada por el Congreso hace unas semanas, le otorga al ejecutivo un plazo no mayor a 30 días calendario para ajustar el texto ordenado del DL 650 junto con sus regulaciones correspondientes. Esta medida ha sido analizada por diversos sectores, incluyendo al Ministro de Economía y Finanzas, José Luis Salardi, quien ha indicado que el gobierno está comprometido en mitigar el impacto económico en las familias y ofrecer soporte financiero a aquellos que enfrentan problemas de salud complicados.
¿Qué es el CTS, quién lo recibe y cómo se calcula?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio social que actúa como un fondo de protección para los trabajadores formales en caso de un despido laboral. Su objetivo principal es proporcionar apoyo económico temporal mientras la persona busca un nuevo empleo.
Este beneficio está destinado a los trabajadores bajo el régimen de empleos privados que laboren al menos 4 horas al día. El empleador tiene la obligación de depositar el CTS dos veces al año:
Primera mitad del año: hasta el 15 de mayo.
Segunda mitad del año: hasta el 15 de noviembre.
¿Cómo se calcula?
El monto del CTS es equivalente a la remuneración anual de un trabajador, dividida en dos depósitos semestrales. Si el trabajador ha estado en la empresa por menos de seis meses, la cantidad se calculará de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
¿Qué dice la norma?
Artículo individual. Enmienda al Artículo 42 de la Regulación Legislativa 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicio.
El Artículo 42 de la Regulación Legislativa 650 sobre Compensación por Tiempo de Servicio ha sido enmendado de la siguiente manera:
«Artículo 42: Un trabajador puede realizar retiros parciales de su CTS, es decir, de su depósito e intereses acumulados, siempre que no exceda del 50% de la cantidad.”
En caso de que el trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, acreditado debidamente ante el empleador, puede retirar el 100% de sus depósitos e intereses acumulados en cualquier momento. Este cálculo se hace basado en el momento en que se cumplen los requisitos necesarios para la solicitud de retiro total.
Una disposición complementaria única de carácter excepciona
La posibilidad de extraer temporalmente los depósitos de compensación por tiempo de servicio está autorizada, solo una vez, a hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida, bajo la Regulación Legislativa 650, permite el retiro del 100% de los depósitos acumulados en la fecha de solicitud.
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