Reniec: Las consecuencias del acceso a datos personales en el registro, las sanciones y las medidas de seguridad implementadas | CAL – El diario andino
 
									




El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) publicó el Listado de Registro Inicial, que contiene las identidades de los electores autorizados a participar en las Elecciones Generales 2026, para que los ciudadanos puedan verificar que sus datos sean correctos y detectar votos ‘golondrinas’, pero generó rechazo de la ciudadanía, ya que En esta plataforma se puede acceder a la información de millones de personas, como nombres completos y domicilios, sin más restricciones.ya que sólo era necesario, inicialmente, introducir el dígito de verificación que figura en el DNI, lo que consideran muy peligroso en un contexto en el que se han intensificado las extorsiones.
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En su defensa, Reniec argumentó que la publicación de dicha lista “es un paso legal, obligatorio y totalmente transparente según la Ley Orgánica de Elecciones” y que la norma establece que “el registro incluye nombres, apellidos y cédula de cada elector, así como fotografía y firma digitalizada, y distrito, provincia, departamento y mesa de votación”.
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La entidad aseguró que la publicación del mencionado listado “permite a la ciudadanía verificar la información electoral y ayuda a garantizar un proceso limpio y confiable”.
Algunos datos sensibles de los ciudadanos no deben publicarse, según la Ley de Protección de Datos Personales. Foto de : Reniec
Información expuesta por Reniec pone en peligro a los ciudadanos, dice congresista Alejandro Soto
Él El congresista Alejandro Soto. Indicó que la información que el Reniec colocó en la Lista de Registro Inicial sobre los ciudadanos elegibles para las Elecciones Generales 2026 puso en peligro a las personas en un contexto en el que “la delincuencia azota cada día al país”. Por ello, solicitó la salida de los funcionarios involucrados en el tema.
“Me sorprende mucho la actitud de los actuales funcionarios del Reniec que ponen en peligro a la población peruana, ya que cualquiera puede tener acceso al nombre, número de DNI, dirección de los ciudadanos, incluso su fotografía. Vivimos en un estado de total inseguridad y no es posible que una entidad del Estado esté brindando, directa o indirectamente, la información que tenemos los peruanos.«Soto expresó a el comercio.
El congresista Alejandro Soto. (Foto: congreso)
“Deberían destituir a los funcionarios responsables (Reniec), realizar una investigación y denunciarlos penalmente, y designar personas que puedan proteger la identidad de los peruanos.”, añadió.
El parlamentario Wilson Soto coincidió con su colega Alejandro Soto en que la información que se almacenaba en la plataforma del Reniec exponía a los ciudadanos a posibles hechos delictivos, por lo que consideró que los funcionarios de dicha entidad “deben asumir su responsabilidad”. Manifestó que la transparencia de un proceso electoral no puede significar violar la privacidad de los ciudadanos.
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“Expreso mi profunda preocupación por esta denuncia que compromete la información personal de millones de peruanos. La transparencia electoral nunca debería significar dejar a los ciudadanos expuestos a la delincuencia, ya que la protección de datos es un derecho fundamental. Lo ocurrido con el Reniec es sumamente preocupante«, expresó el legislador el comercio.
“Es esencial garantizar la confianza de los ciudadanos en un proceso electoral. La información del registro electoral debe ser accesible para la supervisión pública, pero con estrictas medidas de seguridad.”, añadió.
El congresista Wilson Soto.
/El legislador Edward Málaga-Trillo exigió “explicaciones y acciones urgentes” al Reniec por la “filtración de datos sensibles” de electores inscritos en el padrón electoral. “Es inaceptable la violación de la ley de protección de datos por parte del propio Estado y previo a las elecciones“dijo el parlamentario.
El congresista recordó que la publicidad del padrón electoral «se limita a etapas y fines específicos del proceso electoral y excluye la difusión de direcciones y huellas dactilares» y advirtió que «fuera de ese contexto, la entrega o difusión carece de interés público y afecta derechos fundamentales».
También solicitó que haya coordinación entre el JNE y la ONPE para asegurar que, de cara a las Elecciones Generales de 2026, el uso del padrón electoral “se ajuste estrictamente a su finalidad electoral, sin exponer domicilios ni huellas dactilares”.
Defensoría del Pueblo: “Debe evitarse divulgación de información que exponga a la ciudadanía a hechos delictivos”
Una de las entidades que alzó la voz respecto a la difusión de datos personales de los ciudadanos fue la Defensoría del Pueblo, que expresó su «profunda preocupación» por dicha divulgación «en un contexto de emergencia por los altos índices de inseguridad ciudadana y crimen organizado» y recordó que dicha información está protegida por la Ley de Protección de Datos Personales.
“Al consultar esta plataforma, hemos notado que muestra información personal sensible, como datos de domicilio, huella dactilar y fotografía de identificación personal. Le recordamos que estos datos están protegidos por la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, por lo que deben mantenerse confidenciales.”, indicó.
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“La Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, de 1997 y sus modificatorias, establece en su artículo 197 que el Reniec publica la información necesaria con el fin de promover el control ciudadano de los procesos electorales; Sin embargo, el segundo párrafo del artículo 203 de la citada Ley, modificado a partir de la Ley N° 32264, publicada el 20 de marzo de 2025, estableció que el registro contendrá también los datos de domicilio, así como la información dactiloscopia, lo que inevitablemente es contrario a la protección de lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales, especialmente si estamos en un contexto de emergencia por los altos índices de inseguridad ciudadana y crimen organizado.”, añadió.
Defensoría del Pueblo. (Foto: Andina/ Referencia).
La Defensoría del Pueblo recordó que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, determinó, a solicitud del propio Reniec, que si bien la información contenida en el padrón electoral es pública, existe una restricción en la información de domicilio y dactiloscopia.
Por ello, instó al Reniec a implementar los mecanismos de protección necesarios para limitar la visualización irrestricta de los domicilios de los ciudadanos, salvaguardando el derecho fundamental a la protección de datos personales. También pidió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) “cumplir con su rol de fiscalización de los ciudadanos electores y de los demás órganos que integran el sistema electoral, a fin de llevar a cabo un proceso electoral adecuadamente contextualizado, donde se evite la divulgación de información altamente sensible que exponga a los ciudadanos en general a diversos hechos delictivos”.
Las posibles sanciones contra el Reniec
Erick Iriarte, abogado especialista en derecho digital y ciberseguridad, indicó que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales podrá aplicar sanciones administrativas al Reniec y exigirle que eleve el nivel de seguridad de su plataforma.
Incluso recordó que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales envió dos informes al Reniec en los que le advertía que no publicara las direcciones de los ciudadanos.
Por su parte, Jorge Zeballos, experto en ciberseguridad y gerente de ESET Perú, destacó que el tema de la filtración de datos personales ya se ha visto anteriormente en el caso de ciudadanos que se registran en partidos políticos sin su consentimiento, ya que se podía acceder a la firma, fotografía y huella dactilar de las personas.
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La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) anunció que realizará una supervisión para verificar el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales por parte del Reniec, particularmente en lo que respecta a la “observancia de los principios de finalidad y proporcionalidad”. Sin embargo, precisó que la información del padrón electoral “solo debe ser la necesaria para la verificación ciudadana, y no debe incluir datos personales sensibles como el domicilio”.
Cuestionan a Reniec por la información que difundió sobre datos de electores de cara a las Elecciones Generales de 2026.
«La ley también establece que ciertos datos, como la dirección o las huellas dactilares, no deben difundirse ni entregarse públicamente. Estos datos están protegidos por su carácter personal y su divulgación podría violar la privacidad de los ciudadanos», dijo la ANPD.
“En esta ocasión se ha identificado que el Listado de Registro Inicial (LPI) difundido por el Reniec permite acceder a información de otras personas, además de la del ciudadano que realiza la consulta, lo que podría exceder los límites de publicidad que establece la norma”, agregó.
Por su parte, Manuel Chuquillanqui, subdirector de Procedimiento Electoral y Georreferenciación del Reniec, indicó que se han agregado nuevas medidas de seguridad para acceder al contenido de la Lista de Registro Inicial, como el requisito de ingresar la fecha de emisión del DNI y se ha reducido el tiempo de permanencia, y que hay trazabilidad sobre quienes ingresan y hacen «uso malicioso» de dicha plataforma y que existe capacidad para detener estos ataques. Explicó que la dirección se colocó para que los vecinos pudieran impugnar los datos de personas que no residen en su distrito.



 
             
             
		 
		