March 18, 2026

Office Address

123/A, Miranda City Likaoli
Prikano, Dope

Phone Number

+0989 7876 9865 9

+(090) 8765 86543 85

Deportes

«Su amiga dijo que Zambrano la invitó» – El diario andino

«Su amiga dijo que Zambrano la invitó»

 – El diario andino

El abogado Luis Deuteris, defensa legal de la mujer que denunció por violación sexual a los futbolistas Carlos Zambrano, Miguel Trauco y Sergio Peña, aportó Perú21 Más detalles del caso que ha conmocionado al fútbol nacional.

¿La víctima confirma a tres futbolistas de Alianza Lima o también están imputados dos más?

Ratifica la situación respecto de los tres antes mencionados. El informe policial menciona a dos, pero no les atribuye ningún tipo de participación.

¿Existe alguna posibilidad de que el proceso se realice en Argentina o aún falta realizarlo en Uruguay donde ocurrieron los hechos?

Generalmente, más allá de acuerdos o situaciones muy excepcionales, los códigos procesales tienen una norma que dice que el juez competente es el del lugar donde se cometió el delito. Y en este caso el crimen se habría cometido en Montevideo, República Oriental del Uruguay.

Entonces este proceso ya ha comenzado.

Se inició en Argentina porque los hechos que sufrió la denunciante ocurrieron en la madrugada previa a la mañana en que deberá regresar a la República Argentina. Entonces, cuando regresa presenta una denuncia ante las autoridades nacionales. Y como hay acuerdos de reciprocidad con países latinoamericanos, una vez que el caso sea separado y enviado a la República Oriental del Uruguay, seguramente llegará al fiscal general y lo distribuirá a una fiscalía.

Que yo sepa pasa como en algún lugar de Argentina, por ejemplo, la provincia de Buenos Aires, que tiene fiscalías temáticas. Esto significa que existen fiscalías que investigan determinados hechos. Por ejemplo, fiscalías temáticas de homicidio, fiscalías temáticas de abuso sexual, fiscalías temáticas de crimen organizado, etc. Entonces, es probable que en este caso acuda a una fiscalía temática.

¿Por proporcionalidad se entiende responsabilidad penal por el delito?

Un colega suyo en otra entrevista mencionó muy respetuosamente si uno estaba seguro porque hay situaciones en las que, teniendo en cuenta la exposición pública del imputado, su eventual capacidad económica, podría tratarse de alguna maniobra encaminada a obtener algún beneficio. Y lo que le decía es que no hay mujer en este mundo que acepte voluntariamente un hecho con las consecuencias físicas que le ha dejado, más allá de las psicológicas, del daño físico que le ha dejado y que yo, por una cuestión básica de prudencia, respeto y preservación de la investigación, no puedo revelar aquí.

¿Tendrían los tres implicados la misma responsabilidad penal?

Cuando [la denunciante] Declaró en sede policial que hizo una versión aclarando que tenía dificultades para recordar. Posteriormente, cuando acude a la fiscalía, aporta algunos datos que complementan los anteriores. En concreto, dice que participaron los tres.

Más allá de que tal vez, con el avance de la investigación, ella pueda, con la ayuda psicológica que tiene actualmente, hacer algunos recuerdos y eventualmente introducir, no sé, alguna modificación de participación. Pero hasta este punto ella involucra a los tres.

Y note una cosa, la reunión tiene lugar en los baños de ambas mujeres. El hotel Hyatt entrega tarjetas a sus pasajeros que no les permiten pasar a otro piso distinto al asignado en la tarjeta.

Sin embargo, al parecer gracias a un dispositivo que su amiga hizo con Zambrano, pudieron acceder a otro piso que era de ellos y los hechos habrían ocurrido en su habitación. No es que ninguno de ellos fuera a la habitación de ningún jugador.

¿Existe responsabilidad penal del amigo?

La prudencia indica que no soy yo quien debe seguir adelante con esto. Ahora bien, en términos del relato de mi clienta, podría surgir algún tipo de colusión previa, no quiero que la palabra se tome como algo peyorativo, sino algún acuerdo previo que evidentemente la excedió.

Fíjate que en el cuento ella dice que está aprovechando el viaje, es decir, que no tenía dinero y su amiga le dice: “no te preocupes, te invito”. Y durante su estancia en Uruguay conoce a un amigo que tenía desde hace mucho tiempo y aprovecha el viaje para conocerlo. Es una relación de amistad, porque están de viaje, van a tomar algo.

Entonces, nótese que no había ninguna situación de conocimiento previo de lo que iba a venir. Tanto es así que cuando le dice a su amiga: «mira, voy a encontrarme con fulano de tal», la amiga le dice: «no, no puedes irte». Una situación que ella propone la sorprende.

Ella nunca dijo que su amiga pudiera tener algo que ver con eso, pero esto saldrá a la luz después de la propia investigación. Porque ella se molesta un poco con ese enfado porque, a ver, son dos personas juntas. Tenga en cuenta que no hubo conveniencia previa. Él dijo: “ah, bueno, listo, voy a encontrarme con un amigo”, como algo absolutamente natural.

Y parece que esto no podría ser así. Dime, ¿por qué es eso? Las conjeturas en derecho penal no son buenas. Siempre hay que centrarse en hechos objetivos que luego, analizados por el fiscal o el juez, pueden dar lugar a mayores responsabilidades si surgen.

¿Qué pruebas acompañan el testimonio de la víctima?

Cuando llega a Buenos Aires es recibida por el hermano de su compañera. Le cuentan lo que está pasando, la llevan a una clínica, ¿quieres hacer el protocolo o no quieres hacer el protocolo? Pero evidentemente iba acompañada de personas que no están en su entorno de confianza.

Entonces, cuando llega a casa, después de ese primer chequeo, habla con sus tías, porque no tiene madre, y sus tías le dicen: “no, mira, vamos a hacer el protocolo. ¿Quieres?”… “Sí, quiero”.

Luego se hace el protocolo que implica isoping, incautación de ropa, examen físico, donde aparecen esas lesiones que luego ella refiere y le preguntan si recuerda que las personas se han protegido, ella dice que no, luego se hace un protocolo de medicación que tiene que tomar como medida de precaución, y le insta a actuar penalmente y cumplir con las normas del protocolo. Estos elementos objetivos son los que sustentan lo que ella viene diciendo.

¿También incluyes como evidencia el chat que tienes con el amigo?

Ella acompañó esa evidencia, yo no la tuve a la vista, no le pregunté porque establecer el primer contacto con ella era difícil. No iba a preguntar ningún detalle sobre lo que estaba pasando allí pero sí sobre el contexto externo. Bueno, ni siquiera el contexto externo lo supo porque rompió a llorar.

Tuvimos que esperar, le pedí al padre que estuviera ahí para que la abrazara y yo pudiera contar y ahí empezó a contar lo que le dije. Estaba vestida y no sabe cómo la desnudaron, no sabe cómo apareció vestida otra vez.

Ha tenido problemas para recordar detalles.

Hay una serie de cosas que hemos leído que la psiquiatría llama amnesia lacunar. ¿Qué significa? Amnesia en los huecos. Recuerdo esto, no recuerdo esto. puedes tener [lagunas] ¿Con el alcohol que se bebió en ese encuentro a pedido de los jugadores? Podría ser. ¿Podrían haber puesto algo de sustancia? Podría ser. ¿Estás seguro de esto? No, la verdad es que no lo tengo. Pero hay hechos objetivos que marcan. Creo que lo que les dije al principio marca el límite del tema. Nadie acepta voluntariamente un hecho con tales consecuencias.

¿Quién pagó los boletos y la estadía en el hotel?

Entiendo que la invitación es absolutamente de su amiga y que su amiga le dijo que Zambrano la había invitado.

Y creo que le hizo una aclaración a la fiscalía que en cierto momento Zambrano le dio a su amiga una tarjeta de gastos y la amiga le dijo: “bueno, vamos de compras”, y mi apadrinada no compró nada, no la usó ni la compró ella misma porque, evidentemente, no tenía dinero para ir.

Era una empresa de hoy a mañana:

  • Oye mira me invitaron a Uruguay
  • ¿Quién te invitó?
  • Un tal Zambrano, ¿quieres venir? Vamos, caminamos juntos, hacemos esto…
  • Bueno, vámonos.

Ahora bien, lo que vino después no estaba en los libros.

¿Cuál sería la colaboración que se necesitaría del Perú?

Mire, no creo que en este momento podamos hacerlo en la justicia argentina, que ya ha hecho bastante, porque hay protocolos en la República Argentina, que ha firmado tratados internacionales, y hay protocolos que aquí se han cumplido estrictamente.

Ahora bien, alguna medida restrictiva personal sería, creo yo, que si el caso queda en Uruguay, lo tome la República Oriental del Uruguay.

También tengo entendido que Alianza Lima los ha sacado del plantel. Los ha separado mientras no se aclaran las actuaciones.

¿Y ahora qué sigue?

Adelantarse al proceso sería estar al frente de la fiscalía, cosa que no puedo hacer, pero lo que parece que puede pasar es que en los próximos días tengamos una comunicación consular con la República Oriental del Uruguay para remitir el proceso a la fiscalía general.

¿Cuál es la pena máxima en Uruguay por el delito de violación sexual?

Tienen un sistema de participación, pero les voy a decir que el artículo 139 del Código Penal uruguayo establece un máximo de 12 años por un evento.

Ahora, más adelante si hablamos de participación, que alguien esté de acuerdo y el otro participe o el otro esté al tanto, puede variar, pero la pena máxima es de 12 años.

Puede ser más si añadimos algunos hechos que deberían estar en una acusación. Puedo decirles lo vergonzoso que es el artículo uruguayo. Después de ahí, ¿puedes subir? si, puede subir.

VÍDEO RECOMENDADO

About Author

Redactor Andino